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INFLACIÓN AL CONSUMIDOR EN JULIO RETROCEDE, PERO AUMENTAN LAS PRESIONES...

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De la industria

LA INFLACIÓN MENSUAL EN COLOMBIA DEL MES DE AGOSTO FUE DE 0 %, DANDO APERTURA AL DEBATE POR PARTE DE LA PRESIDENCIA DE COLOMBIA PARA SUGERIR REDUCCIONES EN LAS TASAS DE INTERÉS DEL BANCO CENTRAL

Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) informó que en agosto de 2024 la inflación mensual en Colombia fue del 0 %, lo que representa un hito histórico. La inflación anual se ubicó en 6,12 %, marcando una reducción de 5,31 puntos porcentuales en comparación con el 11,43 % reportado el año anterior. El presidente Gustavo Petro reaccionó a este dato subrayando que esta cifra elimina cualquier excusa para no reducir las tasas de interés, y llamó al Banco de la República a tomar medidas inmediatas para reactivar la economía mediante una reducción en las tasas.

En respuesta a estos resultados, el Ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, destacó que se han logrado 17 meses consecutivos de control de la inflación, logrando una reducción acumulada de 722 puntos desde el pico de marzo de 2023. Bonilla enfatizó que la tasa de intervención del Banco de la República, actualmente en 10,75 %, debería  reducirse  al  menos en  0,75 puntos porcentuales este mes, con el fin de aliviar la carga  sobre la economía y facilitar la inversión y el consumo. Además, señaló que la inflación para los hogares de menores ingresos fue incluso inferior al promedio nacional, situándose en 6,01 %.

La caída de precios en algunos productos clave, como la papa, que registró una disminución del 10,59 %, y la cebolla con una caída del 9,08 %, también contribuyeron a esta histórica cifra. Por otro lado, las divisiones de alimentos, comunicación y servicios públicos fueron las que más impactaron en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), mientras que sectores como la educación y los servicios de restaurantes y hoteles mostraron incrementos menores en comparación con años anteriores.

La inflación en aceites y grasas comestibles registró una caída del -13,10 %, sumando ya 11 meses consecutivos de contracción desde octubre de 2023. Este descenso es el resultado de un ajuste de precios tras los picos inflacionarios registrados en 2022. En cuanto al Índice de Precios al Productor (IPP), el comportamiento del aceite de palma crudo mostró una recuperación en julio y agosto, con incrementos del 5,63 % y 6,66 % respectivamente, luego de 21 meses de contracción continua. De manera similar, el aceite de soja crudo presentó un aumento del 4,27 % en julio y del 1,58 % en agosto. Estos incrementos en los precios de ambas materias responden a una combinación de factores, entre ellos el aumento de los costos de producción a nivel global, la volatilidad de los mercados internacionales y las variaciones en los costos de transporte, especialmente por el encarecimiento de los fletes. Asimismo, la creciente demanda internacional y la incertidumbre en la oferta, provocada por tensiones geopolíticas y fenómenos climáticos, han ejercido presión sobre los precios de estos productos estratégicos en la economía global.

LA PRODUCCIÓN MUNDIAL DE ACEITE VEGETAL CONTINUA CRECIENDO, MOSTRANDO CRECIMIENTOS IMPORTANTES PARA EL PERIODO 2024/25 ESPECIALMENTE PARA LA PALMA Y LA SOJA

La producción mundial de aceites vegetales, según el USDA, alcanzará un récord de 224,2 millones de toneladas en 2024/25, impulsada por el aumento en los aceites de palma, soja (con aumentos en la oferta mundial gracias a nuevas plantaciones en Ucrania y récord de producción en USA) y colza. Sin embargo, la producción de aceite de girasol caerá, especialmente debido a la menor producción en Ucrania. Aunque la demanda global también está en aumento, con un consumo estimado de 221,7 millones de toneladas, las existencias finales serán menores que el promedio a largo plazo. A pesar de que el suministro de aceites para consumo humano está asegurado, La Universidad Federal de Ouro Preto (UFOP) expresó su preocupación por el gran número de conflictos militares en curso en muchas regiones, afirmando que los cuellos de botella en el suministro y las hambrunas resultantes se debían exclusivamente a factores políticos.

Panorama Jurídico

GOBIERNO NACIONAL RADICÓ LA LEY DE FINANCIAMIENTO

El pasado martes, el Gobierno Nacional radicó ante el Congreso de la República el Proyecto de Ley de Financiamiento, mediante el cual espera realizar ajustes normativos en materia tributaria que le permitan recaudar $12 billones de pesos para financiar el Presupuesto General de la Nación presentado para 2025. El Proyecto de Ley radicado consta tres ejes: estímulos para la reactivación económica, fuentes de ingresos adicionales para financiar el prepuesto y modificaciones a la regla fiscal, así como la creación de una regla fiscal verde. 

Entre las principales propuestas incorporadas en el proyecto de ley, se destacan:

– Personas Naturales: La tarifa máxima nominal del impuesto sobre la renta para personas naturales con rentas gravables superiores a $1.459 millones, aumentaría del 39 % al 41 %, representando un aumento de 2 puntos porcentuales. A su vez, la deducción del 1% de las compras realizadas con factura electrónica y con medios electrónicos, aumentaría al 5% para el año gravable 2025, para luego disminuir progresivamente al 3% para el año gravable 2026 y al 1% para los años siguientes, sin exceder 240 UVT por año gravable. Igualmente, se prevé que la deducción por un mismo dependiente solo puede ser tomada por un único contribuyente, hasta cuatro dependientes; al igual que no será ingreso constitutivo de renta ni ganancia ocasional el valor recibido por concepto de indemnizaciones o compensaciones por daños inmateriales que tengan sentencia judicial, y que el pago se realice directamente a la víctima o sus herederos.

– Personas Jurídicas: La tarifa general del 35 % de impuesto de renta aplicable a personas jurídicas y establecimientos permanentes en Colombia sería progresiva y marginal entre el 27 % y el 34 % en función de la renta liquida gravable de los contribuyentes. Las sociedades nacionales, establecimientos permanentes y personas jurídicas extranjeras que se dediquen a la extracción de hulla (CIIU 0510), carbón lignito (CIIU 0520) o petróleo crudo (CIIU 0610) les aplicará una tarifa del 35% en el impuesto sobre la renta, más los puntos adicionales específicos para estas actividades.  A su vez, se aumenta la Tasa Mínima de Tributación, del 15% al 20%.

– Retenciones en la fuente: La tarifa máxima de retención en la fuente para pagos laborales, aumentaría del 39 % al 41 %. A su vez, se propone establecer un único procedimiento para calcular retenciones por concepto laboral.

– Impuesto al Patrimonio: Se incluyen a las sociedades nacionales, asimiladas y a los establecimientos permanentes como sujetos pasivos del Impuesto al Patrimonio, respecto de los activos fijos reales no productivos que posean, cuya base gravable será del 1.5 %.  A su vez, se reduce el monto del patrimonio que da lugar al impuesto para las personas naturales y entidades extranjeras, pasando de 72.000 UVT a 40.000 UVT, donde las tarifas serán del 0% al 2%.

– Régimen Simple: A partir del 1 de enero de 2026 se derogaría el Régimen Simple de Tributación. 

– Impuesto a las Ganancias Ocasionales: Se propone aumentar la tarifa del Impuesto a las Ganancias Ocasionales del 15% al 20%. En el caso de las ganancias ocasionales provenientes de juegos de azar, loterías, rifas y apuestas, la tarifa aumentará del 20% al 25%.

– Impuesto al Valor Agregado:  Los juegos de suerte y azar operados por internet estarán gravados a la tarifa general del 19 %. Los servicios hoteleros prestados en municipios con población menor a 200.000 habitantes se incluirán en la lista de servicios excluidos de impuesto. Los vehículos híbridos e híbridos enchufables pasarán de estar gravados a la tarifa del 5% a la tarifa general (19%).

– Fuentes No Convencionales de Energía: Los inversionistas en Fondos no Convencionales de Energía (FNCE) podrán emitir bonos de transición energética, que den derecho a deducir el 50 % de la inversión realizada. Estos bonos podrían ser endosables. Se modificaría el régimen del IVA para bienes y servicios de proyectos de FNCE, que pasarían de excluidos a exentos.

– Impuesto al Carbono: La acusación del impuesto al carbono será la misma para el gas, carbón y derivados del petróleo. Se incrementará la tarifa del impuesto al carbono, ajustándose cada 1 de enero con la variación de la UVT del año anterior, más un punto porcentual hasta alcanzar el equivalente a 3 UVT por tonelada de carbono equivalente (C02eq).

– Procedimiento Tributario: Se crean incentivos para las personas que denuncien hechos irregulares y aporten pruebas que permiten establecer omisiones, estructuras abusivas e indebidas determinaciones de impuestos y contrabando de hidrocarburos que resulten en un mayor saldo a pagar. Se extiende la sanción y procedimiento de proveedor ficticio a los socios, administradores y, en general, los beneficiarios finales de la sociedad que estén siendo investigados por estos conceptos.  Los contribuyentes que no hayan cumplido con los requisitos que exige la ley para expedir factura electrónica o que hayan omitido el deber legal de facturar, podrán pagar una sanción reducida según el número y valor de operaciones realizadas.

– Otras Disposiciones Relevantes: Se crea la posibilidad para la DIAN de agregar como renta por comparación patrimonial, la diferencia entre el patrimonio líquido del año inmediatamente anterior y aquel liquidado por la DIAN en el año en cuestión.  Se habilita la posibilidad al Fondo Nacional del Ahorro para otorgar créditos para mejora de bienes inmuebles sin necesidad de constituir garantía hipotecaria para permitir el acceso al crédito a la población vulnerable. Por el año 2025, se habilita a la Nación para reconocer como deuda pública los montos adeudados por usuarios del servicio público domiciliario de energía eléctrica de estratos 1, 2 y 3 a favor de empresas distribuidoras y/o comercializadoras de energía eléctrica. Esta deuda podrá ser pagada con bonos u otros títulos de deuda pública. 

Diversos sectores políticos, económicos y académicos han expresado su rechazo al proyecto enfatizando que sus disposiciones suponen una grave carga para los contribuyentes, hecho que conllevará un impacto directo en el costo de vida de los colombianos, reiterando el llamado al Gobierno Nacional a presentar un plan de austeridad del gasto. Se espera que el Proyecto de Ley 300 de 2024 – Cámara, inicie su trámite legislativo en el Congreso de la República, en los próximos días, de manera simultanea con las discusiones del Presupuesto General de la Nación para 2025. 

Consulta la normatividad completa aquí: Clic aquí

Panorama Nacional

RECORTE EN EL PRESUPUESTO DE 2025 PODRÍA AFECTAR LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA

El Congreso de la Republica avanza en el estudio y discusión del Presupuesto General de la Nación para el 2025, el cual compromete recursos por $523 billones de los cuales $12 billones se buscarán recoger a través de una nueva reforma tributaria. Las comisiones económicas tienen plazo hasta el 15 de septiembre para aprobar el monto presupuestado, y hasta el 25 de septiembre para aprobar la totalidad del proyecto. Culminando este proceso de revisión y ajuste, el proyecto se someterá a un debate simultáneo en las plenarias de ambas cámaras legislativas, que debe finalizar, a más tardar, a la medianoche del 20 de octubre.

Un estudio del equipo de investigaciones económicas de Corficolombiana, aseguro que la reducción en la inversión podría comprometer la reactivación económica que necesita el país, ya que se verían afectadas las partidas presupuestales de entidades claves para este proceso. Según el informe, de las 183 entidades que cubre el Presupuesto General, los recursos disminuyen en 125 de ellas, representando un recorte de $24 billones frente al año anterior, donde el Ministerio del Deporte sería la entidad de primer orden con el mayor recorte en el presupuesto de inversión pasando de $1,3 billones a $400.000 millones, lo que representa un revés de 69,3 %. El segundo mayor recorte lo tendría la Agencia Nacional de Tierras (-68,2 %); seguido del Departamento de Prosperidad Social (-48.7 %); el Fondo Nacional de Vivienda de 39% y el Invías de 19,8 %; entidades con gran potencialidad para impulsar la reactivación económica.

METAS DE RECAUDO TRIBUTARIO SIGUEN POR DEBAJO DE LO ESPERADO

Según información de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), el recaudo tributario sumo un total de $161,9 billones entre enero y julio de 2024, representando una caída del 6,8 % al compararlo con el mismo periodo de 2023. Al revisar el comportamiento del recaudo, los impuestos internos sumaron $140,4 billones, mientras que los externos fueron $21,4 billones, cifras que presentan reducciones de 5,2 % y 15 %, respectivamente y denotan que las metas de recaudo siguen sin cumplirse para el séptimo mes del año.

De otra parte, si se analizan las cifras mensuales, el mes de julio marco un alza, al obtenerse un recaudo de $26,4 billones, ligeramente por encima de los $25,4 billones obtenidos en 2023. El director de la DIAN, destaco que el recaudo del impuesto de renta no se va a cumplir este año, en atención a que se observan menores ingresos de los que se esperaban; así como destaco que este año se están asumiendo los efectos de la alta retención en la fuente en 2023.

Según las estimaciones del Comité Autónomo de Regla Fiscal, el Gobierno Nacional espera un recaudo total de $279,4 billones para 2024, lo cual, siguiendo el registro para julio, todavía estaría lejos de lograr. Entre los componentes, el recaudo de renta sería el que más aporte a la cifra final con un estimado de $137,3 billones en diciembre; mientras que el IVA permitiría recoger un monto de $75,2 billones. Finalmente, los recursos externos están proyectados en $38,3 billones y serían el tercer componente de recaudo.

DANE ACTUALIZÓ CIFRAS DE POBREZA MONETARIA EN 2023

El Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (DANE), actualizó las cifras de pobreza monetaria en 2023, donde se refleja que 1,6 millones de colombianos salieron de esta condición. Frente a los departamentos que presentaron mayores índices de pobreza monetaria en el país durante el 2023, Chocó, con 67,7 %, y La Guajira, con 65,3 %, continúan presentando los mayores índices, superando en más de 10 puntos porcentuales a la de los demás departamentos y en materia de pobreza extrema presentan 20 puntos por encima al resto del país. Adicional a estos dos departamentos de la región caribe y pacifico respectivamente, se unen a los departamentos con mayor pobreza por cada región, Norte de Santander con 37,0 % y Tolima, con 38,1 %.

En contraste, los departamentos que presentaron los menores niveles de incidencia de la pobreza monetaria en cada región fueron: Atlántico, con 29,2 %, para la región caribe; Cundinamarca con 21,5 % para la región oriental; Caldas con 22,3 % para la región central; y Valle del Cauca, con 26,6 % para la región pacífica. Desde la perspectiva de pobreza monetaria, el año anterior 16, 7 millones de personas se encontraban en dicha condición, lo cual representa que 1,6 millones de ciudadanos (1.623.788) salieron de esa situación. Los centros poblados y rurales tuvieron una mayor incidencia de la pobreza monetaria, donde el índice fue de 41,2 % al cierre del año anterior, mientras que en las cabeceras urbanas el dato fue de 30,6 % en 2023, donde Quibdó (60,1 %) Valledupar (49,8 %), Riohacha (46 %) y Sincelejo (44,3 %) fueron las ciudades con mayor incidencia de la pobreza monetaria; y Manizales (17,6 %), Medellín (22,6 %), Cali (23,6 %) y Bogotá (23,7 %) fueron las de menor pobreza.

CONTRALORÍA ALERTA RIESGO DE SUSPENSIÓN DE SERVICIO DE ENERGÍA POR INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE SUBSIDIOS

El Contralor General de la República, emitió una alerta por el atraso del Gobierno Nacional en el pago de subsidios a las empresas que prestan el servicio público de energía, lo cual podría conllevar que al menos 10 millones de personas se queden sin servicio de energía eléctrica, afectando principalmente a usuarios de la región Caribe, Nariño, Choco y Vichada. El jefe del órgano de control exhortó a las carteras de Minas y Energía, y Hacienda y Crédito Público, así como a otras entidades competentes, a realizar las acciones inmediatas que permitan realizar el giro de los recursos a las empresas de servicios públicos, en aras de garantizar las necesidades y la prestación oportuna del servicio, advirtiendo que la falta de disponibilidad en el pago de subsidios por parte de los fondos puede poner gravemente en riesgo la prestación del servicio de energía en los departamentos de Atlántico, Magdalena y La Guajira.