Noticias 3025

De la industria

Sudáfrica propone NUEVA regulación para los aceites vegetales comestibles

El Ministerio de Agricultura de Sudáfrica presentó un proyecto de reglamento para la clasificación, envasado y etiquetado de aceites vegetales comestibles vendidos en el país, notificado a la Organización Mundial del Comercio (OMC) el 27 de junio de 2025 bajo la Ley de Normas de Productos Agrícolas de 1990. La propuesta aplica solo a aceites envasados para venta minorista, fijando requisitos de calidad de los envases, así como normas de etiquetado para aceites simples y mezclados, con el fin de garantizar coherencia y transparencia en el mercado.

Entre las medidas, se plantea prohibir términos como “lite”, “light”, “extra light” y “reducido” en los envases, además de restringir adjetivos no verificables como “premium” o “super”. También se establecen pruebas químicas obligatorias para verificar la calidad y composición de una amplia lista de aceites, incluidos el de palma, soja, girasol, oliva y palmiste. El plazo para enviar comentarios públicos vence el 26 de agosto de 2025.

Indonesia priorizará las importaciones de trigo y soja de EE. UU. en medio del acuerdo arancelario

El gobierno de Indonesia anunció que priorizará las importaciones de trigo y soja de Estados Unidos como parte de un acuerdo comercial valorado en US$4.500 millones, que incluye reducción de aranceles y nuevos canales de comercio agrícola. El plan busca estabilizar precios internos ante la escasez de oferta, y podría ampliarse a productos lácteos. El pacto, acordado el 16 de julio en una llamada entre el jefe de estado Norteamericano y el presidente de Indonesia, contempla que Indonesia elimine barreras no arancelarias y reconozca certificaciones de la la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA), mientras que EE. UU. reducirá sus aranceles a exportaciones indonesias al 19% desde el 32% propuesto.

En 2024, Indonesia importó 2,68 millones de toneladas de soja (+18% interanual) y 8,44 millones de toneladas de trigo valoradas en US$2.560 millones, principalmente de EE. UU. Además, la Asociación de Productores de Harina de Indonesia (APTINDO) firmó un memorando de entendimiento con US Wheat Associates para comprar 1 millón de toneladas/año de trigo estadounidense entre 2026 y 2030. El ministro de agricultura de Indonesia aseguró que las importaciones se harán solo si la producción nacional es insuficiente, protegiendo así a los agricultores locales. El acuerdo es visto como mutuamente beneficioso, pues abre mercados para productores estadounidenses y ayuda a Indonesia a atender su creciente demanda alimentaria.

El impulso de India por el etanol pone en peligro su autosuficiencia en aceites comestibles

El impulso de India a la producción de etanol a partir de maíz y arroz ha generado un exceso de Granos Secos de Destilería con Solubles (DDGS), desplazando el uso de tortas oleaginosas y provocando que los agricultores abandonen cultivos como soya y cacahuate. Esto amenaza los planes del mayor importador mundial de aceites vegetales para reducir su dependencia de importaciones, que ya alcanzan 16 millones de toneladas y podrían superar los 20 millones en pocos años. El excedente de DDGS deprime los precios de las oleaginosas y agrava el superávit de tortas, dificultando el aumento de la producción local de aceites comestibles y encareciendo el mercado global. Productores y destiladores presionan por incentivos que faciliten la exportación del excedente y protejan a los agricultores locales.

NOVEDADES NORMATIVAS

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO PUBLICA PROYECTO DE NORMATIVIDAD QUE MODIFICA PARCIALMENTE EL ARANCEL DE ADUANAS PARA LA IMPORTACIÓN DE INSUMOS AGROPECUARIOS

El Ministerio de Comercio Industria y Turismo, en aplicación de la Decisión 805 de la Comunidad Andina, que faculta a los países miembros para adoptar modificaciones en materia arancelaria, y de la Ley 1609 de 2013 faculta al Gobierno Nacional para la modificación de los aranceles, tarifas y demás disposiciones concernientes al régimen de aduanas; público para fase de consulta pública proyecto de decreto que tiene por objeto modificar parcialmente el arancel de aduanas de 75 subpartidas arancelarias de insumos agropecuarios, por el termino de un (01) año contado a partir de su expedición formal y posterior entrada en vigencia, medida con la que prevén mejorar la competitividad de la producción agrícola y agroindustrial del país y garantizar la seguridad alimentaria, teniendo en cuenta el contexto actual de la economía y la estabilización de los precios internacionales de insumos agropecuarios. 

El proyecto normativo surge a raíz de una solicitud presentada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, en la que se solicita mantener la medida de diferimiento arancelario establecida por el Decreto 0809 de 2023 “Por el cual se modifica parcialmente el arancel de Aduanas para la importación de insumos agropecuarios”, en razón a que la vigencia de este decreto era hasta el 25 de mayo de 2024; y justificándose en el impacto que han tenido los conflictos internacionales en el aumento del precio de los insumos agrícolas a nivel mundial, lo cual ha generado disrupción en las cadenas de suministros, y el continuo riesgo que estos hechos representan para la seguridad alimentaria y los niveles de pobreza en las poblaciones más vulnerables del país.

MINISTERIO DEL TRABAJO EXPIDE RESOLUCIÓN MEDIANTE LA CUAL ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA CONSOLIDACIÓN Y ENVÍO MENSUAL DEL REPORTE DE INFORMACIÓN DE BENEFICIARIOS DE LA LEY SEGUNDAS OPORTUNIDADES

Mediante la Resolución 3287 del 2025, el Ministerio del Trabajo estableció el procedimiento para la consolidación y envío mensual del reporte de información de beneficiarios de la ley segundas oportunidades, mediante la cual se pretende garantizar la implementación efectiva de los beneficios económicos y tributarios establecidos en los artículos 6 y 7 de la Ley 2208 de 2022, norma que consagra incentivos destinados a promover la empleabilidad de la población pospenada y de aquellas personas que, en virtud de decisiones judiciales, se encuentren cumpliendo condenas bajo figuras como la libertad condicional, la prisión domiciliaria o la suspensión provisional de la pena con autorización de trabajo. El nuevo marco normativo, regula entre otros aspectos, los pasos, plazos, actores, intervinientes y mecanismos de reporte relacionados con la información de beneficiarios, en cumplimiento de lo previsto en los artículos 6 y 7 de ley segundas oportunidades, cuya reglamentación resulta indispensable para materializar los beneficios legalmente establecidos, mediante la articulación entre el Ministerio del Trabajo, el Ministerio de Salud y Protección Social, la Unidad Administrativa de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), las autoridades penitenciarias competentes, y las Cajas de Compensación Familiar, entidades que cumplen funciones esenciales en la validación y ejecución de los beneficios establecidos por el legislador.

 

La normatividad se encuentra dirigida, a las personas jurídicas con plantas de personal de cien o más trabajadores, que vinculen laboralmente mediante contrato a término indefinido o fijo a personas pertenecientes a la población objeto de la Ley 2208 de 2022, y se encuentren interesadas en la aplicación de los incentivos tributarios y económicos legalmente establecidos. En tal sentido, los interesados deberán adelantar el proceso de postulación, cumplir con los requisitos legales y suministrar la información exigida para consolidar el reporte, consistente en el diligenciamiento de un formulario en la página web del Ministerio del Trabajo, al cual deberá aportar todos los documentos que acrediten que se cuenta con una planta de personal de cien o más empleados, así reserva presupuestal constituida en 2025 y ejecutada en 2026, la entrada en vigor de la reforma pensional, y otros posibles efectos adversos que el ajuste en la estrategia fiscal puede producir en los costos de la deuda. Además, el cambio en el escenario fiscal aumentaría la dificultad de cumplir con la meta de déficit primario de 2027 y de retomar la regla fiscal paramétrica de 2028 en adelante. De acuerdo con el MFMP, el déficit primario debía reducirse desde 1,4% del PIB en 2026 hasta 0,3% del PIB en 2027, una disminución de 1,1 de un año a otro; sin embargo, con el cambio en el plan de ajuste fiscal, ahora el déficit primario debería ajustarse 1,7 del PIB en un año. Igualmente, si como consecuencia de las nuevas señales del Gobierno, la deuda se incrementa (por ejemplo, porque aumentan los costos de financiamiento), el ajuste fiscal requerido para retornar a la regla fiscal en 2028 se incrementará frente a lo que contempla el MFMP.

PANORAMA NACIONAL

COMITÉ AUTÓNOMO DE LA REGLA FISCAL OTORGA CONCEPTO PREVIO DESFAVORABLE A PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL PLAN FINANCIERO PARA EL AÑO 2026

El Comité Autónomo de la Regla Fiscal (CARF) otorgo concepto previo desfavorable a la propuesta del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), y posterior decisión del Consejo Superior de Política Fiscal (CONFIS), de modificar el plan fiscal de 2026, propuesta que resulta ser la base del Presupuesto General de la Nación (PGN) del año 2026, radicado por el Gobierno Nacional al Congreso de la República. Para el ente autónomo, no existe una justificación válida para que, apenas un mes después de la publicación del Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP), se incremente el nivel de gasto y de déficit primario en 2026; hecho que refleja serios y nuevos problemas en el proceso de planeación fiscal del país. Para el CARF, los cambios de la estrategia fiscal de 2026, sin que se presente ningún evento extraordinario ajeno al control del Gobierno Nacional, exige explicaciones transparentes, en razón a que tomar decisiones sin sustento, mina la confianza en la institucionalidad, en los instrumentos de planeación fiscal y en el plan de ajuste de las finanzas públicas. Según el pronunciamiento, que el Gobierno Nacional tome la decisión de incrementar el desequilibrio de las finanzas públicas en 2026, tras la suspensión de la Regla Fiscal para las vigencias 2025 a 2027, resulta ser un acto que va en contravía del propósito de tomar medidas contundentes para lograr el equilibrio financiero y establecer compromisos firmes con las metas establecidas por el CONFIS en el MFMP.

Con las modificaciones al plan financiero de 2026, incluidas en el Presupuesto General de la Nación, el CARF estima en su escenario base que el faltante de recursos para cumplir con la meta de déficit fiscal de 6,2% es de 39,4 billones, equivalentes a 2,0 puntos porcentuales del PIB. Así las cosas, mientras que el ajuste requerido correspondiente al escenario de MFMP era de 33 billones (1,7 puntos porcentales del PIB), hay factores que podrían incrementar el faltante en 2026, tales como la reserva presupuestal constituida en 2025 y ejecutada en 2026, la entrada en vigor de la reforma pensional, y otros posibles efectos adversos que el ajuste en la estrategia fiscal puede producir en los costos de la deuda. Además, el cambio en el escenario fiscal aumentaría la dificultad de cumplir con la meta de déficit primario de 2027 y de retomar la regla fiscal paramétrica de 2028 en adelante. De acuerdo con el MFMP, el déficit primario debía reducirse desde 1,4% del PIB en 2026 hasta 0,3% del PIB en 2027, una disminución de 1,1 de un año a otro; sin embargo, con el cambio en el plan de ajuste fiscal, ahora el déficit primario debería ajustarse 1,7 del PIB en un año. Igualmente, si como consecuencia de las nuevas señales del Gobierno, la deuda se incrementa (por ejemplo, porque aumentan los costos de financiamiento), el ajuste fiscal requerido para retornar a la regla fiscal en 2028 se incrementará frente a lo que contempla el MFMP.

El informe invita al Congreso de la Republica a examinar en detalle el monto del Presupuesto General de la Nación para el año 2026, a la luz del principio constitucional de sostenibilidad fiscal, y que se evalúen conjuntamente medidas para incrementar los ingresos y reducir el gasto y sus inflexibilidades a partir de 2026.

APROBADO PLAN ESTRATEGICO PARA COLOMBIA DEL PROGRAMA MUNDIAL DE ALIMENTOS (PMA)

El Programa Mundial de Alimentos (PMA), organización humanitaria de las naciones unidas dedicada a combatir el hambre y mejorar las condiciones de vida de quienes enfrentan inseguridad alimentaria, contribuyendo al desarrollo sostenible y a la paz; aprobó en Roma el Plan Estratégico para Colombia 2025-2028, con una asignación de 592.616.675 dólares estadounidenses que se destinarán a fortalecer la asistencia humanitaria en emergencias y a garantizar la seguridad alimentaria, con un enfoque particular en las poblaciones más vulnerables como los migrantes, víctimas de la violencia, pequeños productores y niños, niñas y adolescentes.

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