COLOMBIA TENDRÁ UN NUEVO PUERTO EN EL URABÁ ANTIOQUEÑO: APERTURA...
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EUDR: Ajustes a la entrada en vigor y nuevos plazos de aplicación
La Comisión Europea anunció modificaciones al calendario y procedimientos del Reglamento de la UE sobre cadenas de suministro libres de deforestación (EUDR), con el fin de facilitar su implementación sin alterar su alcance. Las medidas buscan aliviar las cargas administrativas dentro del bloque europeo, especialmente para las micro y pequeñas empresas, sin reducir las exigencias de cumplimiento para los países productores, medida que se mantiene a partir del 30 de diciembre de 2025.
Entre los cambios principales se destacan la simplificación de los requisitos de diligencia debida para micro y pequeñas empresas europeas —que solo deberán presentar una declaración al ingresar al mercado— y un periodo de gracia de seis meses para medianos y grandes operadores, cuya aplicación plena iniciará el 30 de junio de 2026. Las micro y pequeñas empresas comenzarán a cumplir obligatoriamente desde el 30 de diciembre de 2026, y se eliminan trámites duplicados para operadores y comerciantes no PYMES, reduciendo la carga sobre el sistema informático de la UE.
En términos de política comercial, la Comisión subraya que el reglamento no se aplaza, sino que se ajusta su aplicación interna. Las medidas se centran en mejorar la capacidad operativa dentro de la UE, sin alterar las obligaciones que tienen los países exportadores: demostrar “deforestación cero” y legalidad en origen. En consecuencia, los nuevos lineamientos buscan facilitar el cumplimiento interno europeo, pero no reducen las exigencias externas, lo que implica que los sectores agroindustriales exportadores —como el de aceites y grasas— deberán mantener altos estándares de trazabilidad y sostenibilidad para conservar su acceso al mercado comunitario.
GOBIERNO PROPONE AJUSTAR LA METODOLOGÍA PARA CALCULAR EL INGRESO AL PRODUCTOR DE BIOCOMBUSTIBLES
El Ministerio de Minas y Energía presentó un proyecto de resolución que actualiza la fórmula para determinar el valor del ingreso al productor de biocombustible para motores diésel, reemplazando el esquema de la Resolución 40400 de 2019. El cambio busca alinear la metodología con las referencias internacionales, utilizando el Precio de Paridad de Importación (PPI) y el índice Biodiesel FAME 0 (RED) FOB ARA $/MT como referencias principales. Conforme a la memoria justificativa se pretende aumentar la transparencia y reducir la complejidad técnica del modelo actual, que opera con múltiples factores y bandas de estabilización que limitaban la eficiencia y dificultaban su replicabilidad.
La propuesta introduce un mecanismo flexible sin bandas de precios, ajustado a las condiciones del mercado global, lo que permitirá una mayor competitividad, eficiencia fiscal y previsibilidad regulatoria. En virtud al estudio de Fedesarrollo, la propuesta regulatoria promueve señales de mercado más claras, incentiva la innovación tecnológica en la cadena del biodiésel y corrige distorsiones que afectaban la productividad del sector. Según el MinEnergía, la medida busca garantizar precios justos y sostenibles, fortalecer la gobernanza del sistema mediante índices auditables y actualizados, y contribuir a una transición energética más eficiente y competitiva. Este proyecto regulatorio estará en consulta pública hasta el 28 de octubre de 2025.
PÉRDIDAS POR BLOQUEOS VIALES EN COLOMBIA SUPERAN LOS 10 BILLONES DE PESOS
De conformidad con el más reciente estudio publicado por Colfecar, Colombia experimenta en promedio, más de dos bloqueos viales por día, registrando un total de 624 cierres viales entre enero y agosto de 2025, los cuales han generado pérdidas económicas por $1,7 billones, solo en el sector transportador. De continuar dicha tendencia, se estima que a cierre de 2025 las perdidas podrían superar los 2.5 billones de pesos. De otra parte, desde el 2023 a la fecha, el estudio destaca que se han presentado más de 2.000 puntos de cierres por bloqueos viales, con pérdidas cercanas a los $10 billones, con ocasión a sobrecostos operativos, pérdidas por retrasos en entregas, inversiones en combustibles adicionales, así como daños a mercancías perecederas durante los cierres de vías.
El estudio destaca que los bloqueos viales han afectado de manera significativa la sostenibilidad de diversos sectores económicos, siendo necesario que el Gobierno Nacional construya una hoja de ruta que garantice la protección del sector productivo y prevenga la generación de pérdidas multimillonarias ocasionadas por los bloqueos viales, hechos que cada día son más frecuentes y afectan el desarrollo empresarial y regional.
Igualmente, el informe destaca el aumento de la inseguridad en los corredores viales, afectando el abastecimiento nacional de alimentos, medicinas, insumos industriales y materias primas; así como el creciente deterioro de las principales arterias viales del país. El sector transportador advirtió que las pérdidas de 2025 podrían aumentar en 2026 si se mantienen los mismos factores, donde con base en los cálculos actuales, el sector podría registrar sobrecostos por $3 billones adicionales debido a mayores impuestos, incrementos en el precio de los combustibles y nuevas exigencias regulatorias; dinámicas que impactaran directamente a todos los sectores de la economía nacional y a los consumidores.
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ANUNCIA MODIFICACIÓN DE TRATADO DE LIBRE COMERCIO CON EE.UU Y FINALIZACIÓN DE ACUERDOS COMERCIALES CON ISRAEL
Durante la más reciente sesión del Consejo de Ministros el Presidente de la República Gustavo Petro anunció la intención del Gobierno Colombiano de modificar el Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos, en aras de incluir pautas ambientales y proponer cambios que favorezcan los intereses económicos y sociales del país. Igualmente, destaco la intención de finalizar el acuerdo comercial con Israel, debido a los ataques en la Franja de Gaza. A pesar de los anuncios realizados, es pertinente destacar que estas decisiones no son autónomas del jefe de Estado, quien conforme a la normatividad vigente deberá presentar la denuncia al tratado actualmente vigente con Israel, y someterla a consideración del Congreso de la República, quien tendrá que aprobarla y cuyos compromisos continuarán en todo caso vigentes durante seis meses, en caso de ser aprobada. En el mismo sentido ocurre con el instrumento comercial vigente con EE.UU, el cual tendrá que renegociarse a través de los instrumentos bilaterales previstos en el instrumento, y una vez construida la propuesta de modificación bilateral de su contenido, someterla a aprobación del Congreso Colombiano y Norteamericano, para que surta plenos efectos jurídicos. En este último caso, el Gobierno de Estados Unidos tendría que estar dispuesto a evaluar y aceptar los cambios propuestos por Colombia, lo que implicaría un amplio proceso de negociación y legislativo que podría ser prolongado e incluiría revisiones adicionales al texto renegociado.
Frente a las propuestas del Gobierno Nacional, el más reciente informe del Consejo de Empresas Americanas (CEA Colombia), concluyó que abrir una renegociación del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos (TLC) no resulta aconsejable, ya que podría generar incertidumbre económica y afectar la confianza inversionista, un factor clave para el desarrollo del país. Ante tal situación, diversos actores económicos y políticoshan invitado al ejecutivo a realizar cualquier discusión sobre el futuro de los acuerdos bajo un marco técnico, transparente y constructivo, que contribuya a fortalecer las relaciones multilaterales en beneficio de la competitividad del país y del bienestar de las comunidades; en atención a que son instrumentos determinantes para atraer inversión, generar empleo y facilitar la internacionalización de empresas colombianas. Al respecto, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, confirmó que ya gestiona la denuncia del TLC con Israel mediante nota diplomática, mientras que cualquier decisión sobre el acuerdo con Estados Unidos se desarrolla bajo estricta confidencialidad.
MINISTERIO DEL TRABAJO EXPIDE DIRECTRICES SOBRE COTIZACIONES POR PERÍODOS INFERIORES A UN MES
Mediante la Circular 0093 de 2025, el Ministerio del Trabajo expidió las directrices aplicables en el esquema de cotización flexible al Sistema de Seguridad Social, que permite efectuar aportes a pensión, riesgos laborales y a caja de compensación familiar por períodos inferiores a un mes, para aquellos trabajadores que devengan ingresos inferiores a un salario mínimo legal mensual vigente, en atención a lo dispuesto en la Ley 2466 de 2025 “Por medio de !a cual se modifica parcialmente normas laborales para el trabajo decente y digno en Colombia”.
Entre las instrucciones impartidas para cotizantes dependientes, se destaca que estos deben ser reportados en la PILA como tipo de cotizante “51 – Trabajador de tiempo parcial” y la liquidación se hará por semanas, según los días trabajados en el mes, estipulando rangos de días cotizados, semanas y su respectivo índice base de cotización (IBC). Frente a la cotización de riesgos laborales, se mantiene la obligación de cotizar por el periodo mensual completo de 30 días, sin importar el número de días trabajados. Para la cartera ministerial, estos lineamientos permiten formalizar a trabajadores de tiempo parcial o con ingresos bajos, promoviendo el trabajo decente, y facilitar el acceso a pensión, riesgos laborales y caja de compensación para poblaciones tradicionalmente excluidas.
INVIMA PROYECTA NUEVAS CONDICIONES, REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA DEVOLUCIÓN DE DINEROS
El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA), publico en fase de consulta pública proyecto de normatividad que tiene por objeto establecer las nuevas condiciones, requisitos y procedimientos para la devolución total o parcial de dineros pagados por conceptos no establecidos en el manual tarifario o por el pago de lo no debido; en exceso por un servicio prestado o una sanción interpuesta; por un servicio que finalmente no se solicitó por parte del usuario; cancelado mediante modalidades no autorizadas por la entidad; consignado a pesar de la existencia de un acto administrativo en firme y debidamente ejecutoriado donde se decidió modificar o revocar la decisión de imposición de una sanción pecuniaria consecuencia de un proceso administrativo sancionatorio; o, pagado a pesar de una sentencia judicial debidamente ejecutoriada que ordena la devolución del dinero. A la luz del documento normativo, el plazo para realizar la solicitud de devolución del dinero será de cinco años, periodo máximo en que el interesado deberá diligenciar y presentar ante la dependencia competente, la correspondiente solicitud según el formato publicado en el sitio web de la entidad, el cual deberá estar suscrito por la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o un apoderado debidamente constituido, adjuntando el listado de documentos dispuesto en el texto normativo.
A su vez, el proyecto prevé reglas de compensación de deudas hasta la concurrencia de sus valores, disponiendo de unas calidades específicas que se deberán reunir al momento de solicitarla. La nueva legislación, regirá a partir de la fecha de su publicación en el diario oficial y derogará para todos los efectos legales el hoy vigente procedimiento en la materia, contenido en la Resolución No. 2023054968 del 21 de noviembre de 2023.
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO MODIFICA PARCIALMENTE EL CERTIFICADO DE REEMBOLSO TRIBUTARIO (CERT)
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió el Decreto 0952 de 2025, que modifica parcialmente la reglamentación del Certificado de Reembolso Tributario (CERT). La principal novedad es la ampliación del periodo de transición, permitiendo presentar solicitudes de reconocimiento desde el 30 de octubre de 2025 y hasta 10 meses después de la exportación. También se aclara que el beneficio se liquidará con base en el valor de la exportación y se precisan las funciones del depósito de valores y de los intermediarios financieros encargados de administrar y tramitar los títulos. Finalmente, el decreto armoniza las disposiciones sobre el suministro de información y elimina una regla especial aplicable a las exportaciones de bienes, buscando mayor claridad y eficiencia en la implementación del CERT.
ASOGRASAS trabaja para la realización de un fin de beneficio integral para la industria de grasas y aceites comestibles, impulsando la innovación y crecimiento del sector dentro del concepto de desarrollo sostenible que involucra un criterio de beneficio social y ambiental.
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