Se prevé que la colza y el girasol impulsen el comercio de aceites vegetales en 2026/27.
Leer másIndonesia evalúa el suministro de aceite de palma crudo para el lanzamiento del biodiésel B60 en 2027.
Indonesia avanza en los preparativos para implementar en 2027 una mezcla de biodiésel B60, para lo cual el Gobierno está evaluando la disponibilidad de aceite de palma crudo (CPO) y la capacidad de producción de biodiésel en el país. La iniciativa requerirá consolidar el abastecimiento de materia prima y ampliar la capacidad de producción de ésteres metílicos de ácidos grasos (FAME), componentes fundamentales para atender una mayor demanda interna de aceite de palma.
Las autoridades también analizan la posibilidad de incorporar hasta un 10% de aceite vegetal hidrotratado (HVO) en la nueva mezcla, aunque su mayor costo frente al FAME representa un desafío para la viabilidad económica del programa. Los estudios sobre los requerimientos técnicos y de materia prima para el B60 deberán estar listos antes de finalizar 2026, una definición que será relevante para el mercado global del aceite de palma, dado el potencial aumento en la demanda interna de Indonesia y sus efectos sobre la oferta disponible para exportación
Se prevé que la colza y el girasol impulsen el comercio de aceites vegetales en 2026/27.
Leer másEl índice de precios de los alimentos de la FAO sube en agosto en un contexto de aumentos generalizados, en particular del azúcar Y LOS ACEITES VEGETALES
Leer másMPOB redefine su papel para fortalecer la competitividad del aceite de palma
La Malaysian Palm Oil Board (MPOB) anunció un cambio de enfoque hacia un papel más orientado al mercado, con el objetivo de pasar de una función centrada principalmente en investigación y regulación a una participación más activa en la transformación y desarrollo futuro de la industria palmera de Malasia. La nueva estrategia busca impulsar la digitalización, fortalecer la presencia en los mercados internacionales y promover actividades de mayor valor agregado en la cadena downstream.
Este nuevo rumbo estará guiado por el marco PALMS 2030, orientado a fortalecer la competitividad del sector y acelerar la adopción tecnológica. La estrategia se fundamenta en cinco principios: productividad, automatización, bajas emisiones de carbono, comercialización y sostenibilidad, y evidencia la creciente apuesta de los principales productores mundiales por incrementar el valor económico, tecnológico y estratégico de la cadena del aceite de palma
COLOMBIA INTENSIFICA GESTIONES CON ESTADOS UNIDOS PARA AVANZAR EN ACUERDO COMERCIAL Y LOGRAR ALIVIO ARANCELARIO
El Gobierno Nacional continúa adelantando gestiones de alto nivel con Estados Unidos para fortalecer la relación económica bilateral, avanzar en la negociación de un Acuerdo sobre Comercio Recíproco y buscar una reducción de los aranceles adicionales que actualmente afectan el ingreso de productos colombianos al mercado estadounidense.
En este contexto, el Gobierno Colombiano planteó ante Washington la posibilidad de obtener una reducción temporal de los aranceles aplicables a productos colombianos, como parte de las medidas orientadas a facilitar la recuperación económica y productiva del país, luego del terremoto del pasado 10 de agosto. En desarrollo de esta estrategia, el Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Mauricio Gómez Amín, sostuvo en Washington una reunión con el representante comercial de Estados Unidos, Jamieson Greer, en la que ambos gobiernos manifestaron su voluntad de avanzar de manera expedita en la negociación de un Acuerdo sobre Comercio Recíproco, con el propósito de profundizar una relación basada en la confianza y la reciprocidad, generar nuevas oportunidades para empresarios y trabajadores y utilizar el comercio bilateral como uno de los motores de la reactivación económica y la reconstrucción del país.
Las conversaciones tuvieron esta semana un nuevo capítulo con la visita oficial a Colombia del Secretario de Estado de Estados Unidos, Marco Rubio, quien se reunió el 08 de septiembre en Barranquilla con el Presidente De La Espriella. Según el portavoz del Gobierno Colombiano, el encuentro permitió establecer una nueva hoja de ruta para la relación bilateral, denominada “Acuerdos de Barranquilla”, alrededor de asuntos relacionados con la recuperación económica, la reconstrucción, la inversión y la cooperación entre los dos países. Durante el encuentro, Colombia propuso trabajar con Estados Unidos en mecanismos de cooperación, inversión y financiación, con participación de la Corporación Financiera de Desarrollo Internacional de Estados Unidos (DFC), otras agencias, el sector privado y empresas de ambos países. La agenda contempla la posibilidad de atraer inversión hacia sectores como infraestructura, energía, vivienda, tecnología y reconstrucción productiva. Asimismo, los dos gobiernos suscribieron instrumentos de cooperación relacionados con cadenas de suministro de minerales críticos y tierras raras y con cooperación estratégica civil en materia nuclear.
La visita de Rubio se produce mientras Colombia mantiene abiertas sus gestiones para obtener alivio frente a los aranceles estadounidenses. Al finalizar su visita, el Secretario de Estado señaló el interés de Estados Unidos en avanzar próximamente en acuerdos comerciales con Colombia, Perú y Ecuador, lo que aumenta las expectativas frente al desarrollo de las negociaciones actualmente en curso. No obstante, hasta el momento no se ha anunciado formalmente un acuerdo que elimine o suspenda los aranceles adicionales aplicables a los productos colombianos.
Para la industria colombiana de grasas y aceites comestibles, el desarrollo de estas conversaciones resulta de especial interés por sus potenciales efectos sobre las condiciones de acceso al mercado estadounidense y la competitividad de la industria nacional. Una vez se conozca el alcance definitivo de las medidas que acuerden los dos gobiernos, será importante analizar las subpartidas arancelarias comprendidas y determinar si productos, materias primas y derivados pertenecientes a la cadena de grasas y aceites pueden beneficiarse de eventuales exclusiones, reducciones o eliminaciones de arancelarias.
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO (SIC) REFUERZA VIGILANCIA SOBRE PRECIOS, COMPETENCIA Y DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES TRAS EMERGENCIA OCASIONADA POR EL SISMO
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) expidió la Circular No. 003 de 2026, mediante la cual impartió orientaciones y anunció medidas de vigilancia en materia de libre competencia económica, protección de los consumidores y derechos de los usuarios de telecomunicaciones, en el marco de la situación de desastre nacional y del estado de emergencia económica, social y ecológica declarados por el Gobierno Nacional como consecuencia del sismo ocurrido el pasado 10 de agosto. La circular está dirigida, entre otros, a productores, proveedores, comercializadores y distribuidores de todo el territorio nacional.
Uno de los aspectos de mayor relevancia para el sector de grasas y aceites comestibles es el llamado realizado por la SIC frente al comportamiento de los precios de los productos de la canasta familiar y de primera necesidad. La autoridad recordó que, en situaciones de emergencia, los agentes económicos no están autorizados para incrementar de manera sustancial e injustificada los precios de los bienes y servicios necesarios para atender la emergencia o superar sus consecuencias cuando ese comportamiento pueda limitar el acceso de los consumidores en condiciones de equidad. En desarrollo de este criterio, la circular advierte que los agentes del mercado, particularmente aquellos que participan en las zonas afectadas por el sismo, no pueden aprovechar la emergencia para desarrollar prácticas de especulación.
Este aspecto resulta especialmente relevante para las empresas del sector ante los eventuales aumentos de costos ocasionados por restricciones viales, mayores tiempos de transporte, dificultades logísticas o alteraciones en las cadenas de abastecimiento. Aunque la circular no establece un congelamiento general de precios ni prohíbe cualquier incremento, dirige su advertencia contra los aumentos sustanciales que carezcan de una justificación económica objetiva. En este contexto, resulta recomendable que los agentes económicos conserven la información y los soportes que permitan explicar objetivamente las variaciones de costos que eventualmente incidan sobre sus decisiones comerciales.
La SIC también reiteró la prohibición de celebrar acuerdos anticompetitivos entre agentes del mercado para incrementar los precios de los bienes y servicios vinculados con la emergencia, incluidos los productos de la canasta familiar y de primera necesidad. La prohibición comprende tanto la fijación directa de precios como las prácticas encaminadas a limitar artificialmente la oferta para producir ese resultado. La circular aclara, no obstante, que el régimen de competencia permite desarrollar acuerdos legítimos de colaboración entre competidores cuando sean necesarios para atender la emergencia o superar sus efectos, generen beneficios que se trasladen efectivamente a los consumidores y no promuevan la eliminación de la competencia. Esta precisión puede resultar relevante para eventuales mecanismos extraordinarios de colaboración empresarial que sean necesarios para mantener el abastecimiento en las zonas afectadas.
En materia de protección al consumidor, la Superintendencia anunció especial vigilancia frente al suministro de información engañosa, incompleta o inexacta sobre disponibilidad, características, precios o condiciones de los productos; la publicidad que utilice falsas afirmaciones de escasez o urgencia artificial; el incumplimiento de promociones ofrecidas con ocasión de la emergencia; y, en general, cualquier práctica que aproveche la situación de necesidad de los consumidores afectados para vulnerar sus derechos. La SIC también exhortó a las alcaldías a fortalecer sus actividades de inspección y vigilancia, incluyendo la realización de visitas administrativas a establecimientos de comercio, particularmente aquellos que comercialicen bienes necesarios para atender la emergencia, productos de primera necesidad y bienes integrantes de la canasta familiar en los municipios afectados.
Finalmente, la Superintendencia advirtió que mantendrá actividades de vigilancia para prevenir prácticas de especulación orientadas a incrementar artificialmente los precios y recibirá denuncias provenientes de consumidores, agentes económicos, organizaciones y agremiaciones. El incumplimiento de las normas de protección al consumidor podrá dar lugar al inicio de investigaciones administrativas y a la imposición de las sanciones previstas en el artículo 61 de la Ley 1480 de 2011. Para las empresas de la industria de grasas y aceites comestibles, la circular hace particularmente relevante fortalecer la trazabilidad y documentación de las decisiones comerciales adoptadas durante la emergencia, especialmente cuando se presenten variaciones de precios asociadas a mayores costos logísticos, restricciones de transporte, disponibilidad de materias primas u otras alteraciones objetivas de la cadena de abastecimiento. Asimismo, deberán mantenerse las precauciones propias del régimen de libre competencia respecto del intercambio de información comercial sensible y de cualquier coordinación entre competidores.
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