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De la industria

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EL ÍNDICE DE PRECIOS DE LOS ACEITES VEGETALES DE LA FAO AUMENTÓ EN ABRIL 23,9 % RESPECTO AL MISMO MES DEL AÑO PASADO

El índice de precios de los aceites vegetales de la FAO registró en marzo un promedio de 161,8 puntos, esto es, 5,8 puntos (un 3,7 %) más que el mes anterior, y se mantuvo en un nivel muy superior (un 23,9 %) al alcanzado un año antes. Este aumento constante del índice obedeció al aumento de los precios de los aceites de palma, soja, colza y girasol. Los precios internacionales del aceite de palma subieron por segundo mes consecutivo, debido sobre todo a la persistente escasez de suministros en los principales países productores de Asia sudoriental, donde la producción se encontraba en sus mínimos estacionales. Por su parte, aumentaron las cotizaciones mundiales del aceite de soja, respaldadas por la gran demanda mundial de importaciones, como consecuencia de la competitividad de sus precios frente a los de otros aceites, pese a la atonía de la demanda del sector de los biocombustibles, en especial en los Estados Unidos de América. Los precios internacionales de los aceites de colza y girasol también aumentaron desde febrero, a raíz de que la disminución de la oferta en los principales países exportadores coincidiera con una firme demanda mundial de importaciones.

FACTORES A TENER EN CUENTA EN LA GUERRA COMERCIAL USA VS CHINA

El reciente anuncio de nuevos aranceles por parte del gobierno de Estados Unidos ha generado incertidumbre en los mercados agrícolas. China, que representa el 48 % de las exportaciones de soja estadounidense, podría reducir su demanda, beneficiando a productores como Brasil y Argentina. Asimismo, Japón, el segundo mayor comprador de maíz de EE.UU., enfrenta un arancel del 24 %, lo que podría afectar sus futuras adquisiciones.

Los costos logísticos también podrían aumentar debido a las tarifas portuarias sobre barcos chinos, encareciendo las exportaciones estadounidenses y reduciendo su competitividad global. En conjunto, estos factores generan un panorama incierto para los productores agrícolas de EE.UU., mientras que otros países podrían beneficiarse de los cambios en la demanda internacional.

China ha respondido recientemente a los aranceles impuestos por Estados Unidos. El 4 de abril de 2025, el gobierno chino anunció la imposición de un arancel adicional del 34 % a todas las importaciones provenientes de Estados Unidos, medida que entrará en vigor el 10 de abril de 2025.

LAS IMPORTACIONES DE ACEITE DE PALMA DE LA UE DISMINUYEN

La Unión Europea (UE) importó significativamente menos aceite de palma entre julio de 2024 y principios de marzo de 2025 respecto a el mismo período del año anterior, según datos de la Comisión Europea (CE) informados por la Unión para la Promoción de Plantas y Proteínas (UFOP) de Alemania.

La UE importó poco menos de 1,9 millones de toneladas de aceite de palma en ese período, en comparación con los 2,4 millones de toneladas del mismo período del año anterior y los 2,8 millones de toneladas entre julio de 2022 y marzo de 2023, según el informe del 19 de marzo.

Los envíos de Indonesia entre julio y principios de marzo cayeron un 23 % interanual, mientras que las importaciones de Malasia, el segundo mayor proveedor, disminuyeron alrededor de un 30 % a 426.000 toneladas.

Según UFOP, la disminución de las importaciones de aceite de palma de la UE se debe a la próxima expiración de la disposición de la Directiva de Energía Renovable (RED II) de la UE que permite acreditar los biocombustibles derivados del aceite de palma, cuya vigencia finalizará en 2030.

ACTUALIDAD NACIONAL

SECTOR PRIVADO SOLICITA A LA CORTE CONSTITUCIONAL DECLARAR INEXEQUIBLE EL ESTADO DE CONMOCIÓN INTERIOR

A través de una intervención ciudadana y en el marco del procedimiento de control automático de constitucionalidad, el sector empresarial colombiano representado en diversas organizaciones del orden gremial, le solicito a la Corte Constitucional declarar inexequible la declaratoria de estado conmoción interior realizada por el Gobierno Nacional en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González, en el departamento del Cesar, mediante el Decreto 0062 de 2025. En su misiva los representantes empresariales enfatizaron que la declaratoria de estado de excepción expedida por el Gobierno Nacional, no reuniría los elementos suficientes para agotar el juicio de necesidad exigido por el articulo 213 de la Constitución Política de Colombia y la Ley 137 de 1994; al motivarse en apreciaciones subjetivas que carecen de fundamento, circunstancias que resultan ser insuficientes para declarar un estado excepcional. Además de lo anterior, la intervención destaca que el Gobierno Nacional no acredito la insuficiencia de las medidas ordinarias para enfrentar la crisis en la región, por lo que no se agotaron los mecanismos legales y administrativos de tipo ordinario para superar la difícil situación de orden público en la región. Se espera que durante las próximas semanas la Corte Constitucional tome una decisión definitiva sobre la constitucionalidad de la declaratoria del estado de conmoción interior, la cual será determinante para definir el futuro jurídico de todas las medidas que ha tomado el Gobierno Nacional en el marco del estado de excepción.

GOBIERNO NACIONAL PREPARA NUEVO APLAZAMIENTO PRESUPUESTAL Y AVANZA EN LA CONSTRUCCIÓN DE UNA NUEVA REFORMA TRIBUTARIA

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, anuncio que el Gobierno Nacional prepara un nuevo aplazamiento presupuestal por 12 billones de pesos, con el propósito de responder a la necesidad de mantener una gestión prudente de las finanzas públicas y enviar un mensaje de sostenibilidad y preservación de la confianza del mercado en la economia colombiana. El anuncio se conoció luego de que la calificadora de riesgo Fitch Ratings, modificará la perspectiva económica colombiana de estable a negativa, sustentada en el deterioro de la posición fiscal y las perspectivas inciertas de medidas correctivas. Se espera que el decreto del nuevo aplazamiento presupuestal se expida en las próximas semanas, una vez culmine la revisión minuciosa y detallada que adelanta la cartera ministerial de todas las partidas presupuestales decretadas, en aras de determinar cuáles pueden ser aplazadas sin afectar el gasto social, priorizando el pago de la deuda y sin afectar el cumplimiento de compromisos esenciales. Con la expedición de este nuevo aplazamiento, el congelamiento presupuestal en el primer trimestre del año ascendería a $24 billones, sumando los $12 billones congelados por el Gobierno Nacional el pasado 24 de enero de 2025 mediante Decreto 0069.

A su vez, ante el complejo panorama económico, el Gobierno Nacional avanza en la construcción de una nueva reforma tributaria, la cual espera presentar durante los próximos meses en el Congreso de la República, con el propósito de buscar nuevas fuentes de financiamiento al Presupuesto General de la Nación y aliviar los problemas de caja que enfrentan las finanzas públicas desde hace varios meses.  Se espera  que  el  proyecto  de reforma contemple alivios tributarios, herramientas para el mejoramiento del recaudo y nuevos impuestos, además de convertir en permanentes los tres impuestos decretados para enfrentar el actual estado de conmoción interior en la región del Catatumbo.

GOBIERNO NACIONAL DECRETA TERCER INCREMENTO DE PEAJES DURANTE EL 2025

A partir del 01 de abril de 2025, el Gobierno Nacional decreto un incremento del 1.86 % en las tarifas de los más de 150 peajes que se encuentran bajo la administración de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) y el Instituto Nacional de Vías (INVIAS). Este incremento se realiza con la finalidad de compensar el congelamiento de tarifas efectuado por el Gobierno Nacional en el año 2023, y se convierte en el tercer ajuste tarifario realizado dentro del primer semestre del 2025, luego del incremento de 2,78 % ejecutado a partir del 1 de enero y de 5,2 % efectuado a partir del 16 de enero. El Ministerio de Transporte destaco que este incremento será el último que se ejecutara en el presente año, enfatizando que desde el ejecutivo no se contemplan aumentos adicionales de tarifas en lo que resta de 2025. A su vez la cartera anuncio que el Gobierno Nacional estudia la posibilidad de autorizar a partir del próximo año incrementos adicionales al Índice de Precios al Consumidor (IPC) en la tarifa de algunos peajes, con la entrega de Unidades Funcionales o de obras nuevas, de acuerdo con lo pactado en los contratos vigentes.

NOVEDADES NORMATIVAS

CORTE CONSTITUCIONAL ORDENA EL ARCHIVO DEL PROYECTO DE LEY QUE INSTITUCIONALIZABA LOS DÍAS SIN IVA

El máximo tribunal de la jurisdicción constitucional, en el marco del estudio de las objeciones gubernamentales por inconstitucionalidad formuladas al proyecto de ley que buscaba institucionalizar el día sin IVA como una política de Estado, se inhibió de emitir un pronunciamiento de fondo y ordeno el archivo del proyecto al concluir que no tenía competencia para estudiar el asunto, por cuanto se incumplió la exigencia constitucional consistente en que la insistencia fuera presentada de manera coincidente y uniforme por el Senado de la República y por la Cámara de Representantes. Para la Corte, si bien en ambas cámaras se votaron los informes de objeciones, solo en el Senado se obtuvo la mayoría exigida en la Constitución para su aprobación (la mitad más uno), ya que en la plenaria de la Cámara de Representantes no se alcanzó la mayoría necesaria para tomar una decisión. Ante  la discrepancia de las cámaras en torno a si las objeciones se consideran fundadas o no, únicamente procede el archivo del proyecto.

Si bien el Gobierno Nacional objeto oportunamente el proyecto por cuanto a su interpretación la iniciativa violaba el artículo 154 de la Constitución, que establece que las normas que crean beneficios tributarios de carácter nacional deben contar con la iniciativa o el aval del Ejecutivo, así como advertía que el proyecto no cumplió con el requisito de realizar un análisis del impacto fiscal de la medida; al analizar la tramitación del proyecto en el Congreso, se determinó que no se cumplió con el procedimiento constitucional para insistir en su aprobación, por lo que se deberá presentar una nueva iniciativa en el legislativo para lograr el objetivo de institucionalizar el día sin IVA como una política de Estado.

GOBIERNO NACIONAL AVANZA EN LA MODIFICACIÓN DEL MARCO NORMATIVO DEL TRANSPORTE DE CARGA EN COLOMBIA

En el marco del proceso de modificación del Decreto 1079 de 2015 que actualmente regula el sector de transporte de carga en Colombia y en cumplimiento de los acuerdos alcanzados entre el Gobierno Nacional y los transportadores el pasado mes de septiembre de 2024; el Ministerio de Transporte público para fase de consulta pública el proyecto de modificación normativa, el cual propende por la reducción de desigualdades en las relaciones económicas del sector. El borrador de la iniciativa prevé medidas para facilitar la habilitación de pequeños transportadores, garantizar un pago mínimo a los transportadores efectivos, establecer un programa de reposición de vehículos y  fortalecer el control y vigilancia del sector,  mediante la consolidación de un marco regulatorio que equilibre los intereses de empresas y trabajadores del sector, promoviendo una mayor estabilidad y transparencia en la prestación del servicio de transporte de carga en el país.   Consulta la normatividad completa: AQUÍ

DOCUMENTOS TÉCNICOS SECTORIALES EN CONSULTA PUBLICA

Asograsas, participa desde 2008 en la construcción de normas y guías técnicas, siendo miembro del Comité Técnico 049 – Aceites y Grasas Vegetales y Animales Comestibles del Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación ICONTEC. En el marco de nuestra participación y seguimiento gremial, nos permitimos informar los proyectos de normatividad técnica que fueron elaborados y publicados por el Comité 049 durante la presente semana, y se encuentran en fase de consulta pública, una vez finalizada la etapa de consulta sectorial dirigida:

 – NTC-ISO 20122: Aceites vegetales. Determinación de hidrocarburos saturados de aceite mineral (MOSH) e hidrocarburos aromáticos de aceite mineral (MOAH) mediante análisis por cromatografía líquida y de gases de alta resolución acoplado a un detector de ionización de llama en línea (HPLC-CG-FID). Método para el límite mínimo de cuantificación.

 – NTC-ISO 12966-4: Grasas y aceites animales y vegetales. Cromatografía de gases de ésteres metílicos de ácidos grasos. Parte 4: Determinación por cromatografía capilar de gases.

 – NTC 213: Grasas y aceites vegetales y animales. Determinación del punto de fusión (punto de deslizamiento).

Los proyectos fueron publicados en el aplicativo https://econecta.icontec.org/ el día miércoles 02 de abril de 2025 y estarán disponibles en consulta pública hasta el próximo viernes 02 de mayo de 2025. Desde Asograsas, a través del correo electrónico rsalazar@asograsas.com estaremos consolidando comentarios de nuestros afiliados para participar oportunamente como gremio, en la construcción de normatividad técnica.