Expansión del biodiésel en Malasia tensionaría oferta global de aceite...
Leer más
Expansión del biodiésel en Malasia tensionaría oferta global de aceite de palma
Malasia evalúa aumentar el contenido de biodiésel en sus combustibles desde el actual B10 hacia mezclas superiores como B15 e incluso B30, en una medida que podría redefinir la demanda interna de aceite de palma. De concretarse, esta transición implicaría un incremento estimado de entre 380.000 y 1,5 millones de toneladas de consumo adicional, equivalente a cerca del 7 % del suministro nacional de aceite de palma crudo, generando un impacto relevante en el balance del mercado. Este cambio también podría reducir los excedentes exportables del país, ajustando los flujos globales del producto.
La iniciativa forma parte de la estrategia gubernamental para fortalecer la seguridad energética y reducir la dependencia de combustibles fósiles. El plan contempla una implementación progresiva, comenzando con B12 y avanzando hacia niveles más altos, apoyado en infraestructura existente y mejoras logísticas. A medida que se adopten mezclas superiores, se anticipa una presión adicional sobre la oferta y posibles efectos en los precios internacionales del aceite de palma. En paralelo, el gobierno deberá enfrentar desafíos técnicos y regulatorios para asegurar la compatibilidad del combustible con el parque automotor.
Aceite de palma sigue subiendo más que los otros aceites, presionado por el mercado energético
El precio del aceite de palma mantiene una tendencia alcista más pronunciada que la de otros aceites vegetales, impulsada principalmente por la fortaleza del mercado energético y su creciente vínculo con la demanda de biodiésel. En el mercado de futuros de Bursa Malaysia (BMD), durante la última semana, las cotizaciones se han aproximado a 4.600 ringgit por tonelada (≈ US$1.171/t), precio al 23 de abril de 2026, consolidando un comportamiento más firme frente a aceites como el de soya y girasol.
El mercado se encuentra en una zona técnica clave: según el analista de Reuters, Wang Tao, el aceite de palma podría poner a prueba una resistencia en 4.639 ringgit (US$1.173,6/t), cuya superación abriría espacio para avanzar hacia el rango de 4.693–4.760 ringgit (hasta US$1.204,3/t). El acercamiento a niveles cercanos a US$1.200/t refuerza la perspectiva de un mercado más firme, influenciado por factores externos como los precios del petróleo, las políticas de biocombustibles y la evoución productiva en el sudeste asiático.
MINISTERIO DE SALUD PROYECTA LA EXPEDICIÓN DE UN NUEVO REGLAMENTO TÉCNICO DE ETIQUETADO NUTRICIONAL Y FRONTAL
El Ministerio de Salud y Protección Social público en fase de consulta pública un proyecto de resolución que tiene por objeto establecer un nuevo reglamento técnico sobre los requisitos de etiquetado nutricional y frontal que deben cumplir los productos comestibles y bebibles ultraprocesados, así como los alimentos envasados o empacados para consumo humano, que se produzcan, fabriquen, importen, distribuyan, comercialicen o expendan en el territorio nacional. La iniciativa regulatoria, contempla la derogatoria integral de la Resolución 810 de 2021 modificada por la Resolución 2492 de 2022 y corregida por la Resolución 254 de 2023, que constituyen el marco normativo actualmente vigente en la materia.
El proyecto normativo amplía el objeto y alcance de la regulación, al incorporar de manera expresa a los productos comestibles y bebibles ultraprocesados, hecho que representa un cambio sustancial frente a la normatividad vigente, en la medida en que introduce el nivel de procesamiento como un criterio autónomo de intervención regulatoria, más allá del contenido de nutrientes críticos. Este ajuste no solo extiende el universo de productos sujetos a nuevas obligaciones de etiquetado nutricional y frontal, sino que también redefine el enfoque de la política pública, donde se evaluará no solo la composición nutricional del producto, sino también su grado de transformación industrial. En consecuencia, se imponen nuevas obligaciones regulatorias a productos que, aun cumpliendo con los parámetros de nutrientes de interés y edulcorantes, sean considerados ultraprocesados bajo los nuevos criterios establecidos.
A su vez, se ajusta el listado de alimentos exceptuados de la normatividad, eliminando categorías como fórmulas infantiles, productos de un solo ingrediente sin aditivos adicionales, especias o condimentos vegetales, y las sales yodadas, fluorizadas y sus sucedáneos; introduciendo en su lugar una nueva categoría de excepción denominada “ingredientes culinarios”. En el plano conceptual, el proyecto incorpora nuevos términos y definiciones alineándose con la Clasificación NOVA promovida por la Organización Panamericana de la Salud, tales como “aditivos cosméticos”, “ingredientes culinarios”, “ingredientes ultraprocesados” y “productos comestibles y bebibles ultraprocesados”; así como redefine conceptos clave como alimentos sin procesar, alimentos mínimamente procesados, productos alimenticios procesados, declaración de propiedades nutricionales, edulcorantes y rotulado o etiquetado frontal de advertencia; lo que implica cambios relevantes en su alcance y aplicación normativa
Igualmente, si bien se mantienen los sellos octagonales para los nutrientes críticos y edulcorantes, el proyecto introduce un nuevo sello de advertencia rectangular con un triángulo en su interior y acompañado con el texto “ADVERTENCIA ULTRA PROCESADO”; el cual deberá ser aplicado a los productos que cumplan con la definición de producto comestible y bebible ultraprocesado, en particular aquellos que contengan al menos un ingrediente ultraprocesado o un aditivo cosmético.
Entre otros cambios relevantes, el proyecto propone modificar la forma y los requisitos de aplicación del sello positivo; ajustar las dimensiones de los sellos de advertencia; redefinir las reglas para determinar el área de la cara principal disponible para los sellos de advertencia, las cuales dependerán de la cantidad de sellos del producto; introducir el concepto de “microsellos de advertencia” aplicables para áreas menores o iguales a 5 cm²; ajustar los umbrales para la declaración de grasas trans reduciendo el límite a menor o igual a 50 mg; establecer requisitos adicionales para la expresión de nutrientes de declaración obligatoria; modificar las especificaciones de la tabla nutricional para productos en empaques secundarios, paquetes múltiples, surtidos o mixtos; ajustar las formas de distribución de los sellos en el envase o empaque del producto; exigir que las propiedades nutricionales y de salud estén basadas en evidencia científica libre de conflicto de interés; e, introducir un nuevo umbral de azucares añadidos de menor o igual a 0.1 g, entre otros.
Finalmente, el proyecto prevé que las disposiciones del nuevo reglamento técnico serán implementadas dentro de los seis meses siguientes a su publicación en el Diario Oficial. No obstante, los responsables podrán anticipar la implementación de los ajustes de etiquetado nutricional y frontal de advertencia, antes de su entrada en vigencia. En todo caso, a partir del 15 de agosto de 2027, los productos que no cumplan con la nueva normatividad deberán ser retirados del mercado por los productores o comercializadores, independientemente de la fecha de fabricación, comercialización o empacado. Además, se establecen reglas para el agotamiento de existencias de etiquetas, el uso de adhesivos y la adopción de etiquetas complementarias, con plazo máximo del 15 de agosto de 2027, para lo cual en ciertos casos se requerirá de autorización del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA).
El proyecto normativo podría generar impactos relevantes en los procesos productivos del ecosistema de grasas y aceites comestibles, así como en las cadenas de valor de la industria alimentaria en general. En este contexto, desde Asograsas, se estarán consolidando comentarios y observaciones a través del correo electrónico rsalazar@asograsas.com, con el fin de remitirlos oportunamente al Ministerio de Salud y Protección Social y participar activamente en las mesas de trabajo y discusión normativa previstas durante las próximas semanas.
La iniciativa regulatoria estará disponible en consulta pública hasta el miércoles 06 de mayo de 2026. En este sentido, agradecemos remitir sus comentarios sectoriales a más tardar el día 05 de mayo de 2026.
SUBCOMITÉ DEL CODEX DE GRASAS Y ACEITES AVANZA EN LA CONSOLIDACIÓN DE COMENTARIOS DE PROYECTOS NORMATIVOS CON MIRAS A SU DISCUSIÓN POR LA COMISIÓN DEL CODEX ALIMENTARIUS EN SU 49.º PERÍODO DE SESIONES.
Asograsas participa como representante de la industria de grasas y aceites comestibles, en las reuniones nacionales del subcomité sectorial del Codex presidido por Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA), en la que se analizan los proyectos normativos del sector que serán discutidos por la Comisión del Codex Alimentarius.
En el marco de nuestra participación y seguimiento gremial nos permitimos informarles los asuntos que actualmente se encuentran en fase de observaciones nacionales, para su análisis y formulación de comentarios, en el marco de la carta circular CL 2026/24-CAC de marzo de 2026:
Normas y textos afines presentados para aprobación definitiva
El código objeto de enmienda, se aplica a la manipulación, almacenamiento y transporte de todos los aceites y grasas crudos o elaborados a granel.
Proyecto de norma presentado para aprobación en el trámite 5
El objetivo y ámbito de aplicación de la propuesta es establecer una norma general con una descripción armonizada que contenga los factores de calidad y composición de los aceites omega 3 de origen microbiano, para su uso como ingredientes en alimentos y suplementos alimentarios cuando ambos son regulados como alimentos.
Desde Asograsas, estaremos consolidando comentarios mediante el correo electrónico rsalazar@asograsas.com, en aras de remitirlos oportunamente al INVIMA para la construcción de la posición país y la formulación de aportes nacionales a la actualización y construcción normativa.
ASOGRASAS trabaja para la realización de un fin de beneficio integral para la industria de grasas y aceites comestibles, impulsando la innovación y crecimiento del sector dentro del concepto de desarrollo sostenible que involucra un criterio de beneficio social y ambiental.
Todos los derechos reservados ASOGRASAS © 2026