REPUNTA EL ÍNDICE DE PRECIOS AL PRODUCTOR DE SOYA, MIENTRAS...
Leer másREPUNTA EL ÍNDICE DE PRECIOS AL PRODUCTOR DE SOYA, MIENTRAS QUE PALMA Y GIRASOL SE MANTIENE HISTÓRICAMENTE ALTOS
En marzo de 2025, la variación anual del IPC de aceites comestibles en Colombia fue de -1,10 %, lo que indica una reducción en los precios al consumidor de estos productos. Este comportamiento contrasta con la inflación general del país, cuyo IPC total fue de 5,09 %, y especialmente con el IPC de alimentos, que se ubicó en 3,49 %.
Por otro lado, los Índices de Precios al Productor (IPP) reflejan una dinámica completamente distinta. En marzo de 2025, el IPP del aceite de palma crudo mostró una variación anual del 34,46 %, el del aceite de soya crudo del 21,51 %, y el del aceite de girasol crudo alcanzó un 37,94 %, evidenciando una presión alcista considerable en los precios en origen. Estos incrementos marcan una reversión frente a las caídas que se observaron especialmente en 2023 y podrían anticipar futuros aumentos en los precios al consumidor si se sostienen en el tiempo. Esta divergencia entre precios al productor y al consumidor será clave para el seguimiento del mercado de aceites y grasas en Colombia.
GRUPOS ESTADOUNIDENSES DE ENERGÍA Y BIOCOMBUSTIBLES FORMAN UNA ALIANZA PARA ABORDAR LA INCERTIDUMBRE EN TORNO A LA POLÍTICA DE BIOCOMBUSTIBLES DEL PAÍS
Los sectores petroleros y de biocombustibles de Estados Unidos han formado una alianza poco común para enfrentar la incertidumbre en torno a la política nacional de biocombustibles. Esta unión fue impulsada por el presidente Donald Trump, quien instó a ambas industrias a negociar una nueva estrategia para evitar conflictos políticos y facilitar una política consensuada. El principal foco de discusión ha sido el Estándar de Combustibles Renovables (RFS), que obliga a mezclar biocombustibles con gasolina. Las reuniones, encabezadas por entidades como el Instituto Americano del Petróleo (API), han abordado temas clave como los volúmenes de mezcla, las exenciones para refinerías pequeñas y las políticas fiscales asociadas.
La alianza refleja un reconocimiento mutuo del rol esencial que los combustibles líquidos juegan en la economía estadounidense. A pesar de sus diferencias históricas, ambos sectores coincidieron en la necesidad de una política clara y estable, especialmente en medio de las tensiones comerciales con Canadá que podrían agravar la situación del mercado. En una carta dirigida al nuevo jefe de la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA), los grupos señalaron que se necesitan volúmenes consistentes de biocombustibles para reflejar las inversiones y capacidades actuales. Sin embargo, aunque esta colaboración podría facilitar el desarrollo de políticas, alcanzar un consenso entre industrias con intereses tan distintos aún representa un gran desafío.
CAÍDA LIBRE DEL PRECIO DEL PETRÓLEO EMPUJA A COLOMBIA A REAJUSTAR SUS CUENTAS FISCALES
La reciente caída del precio del petróleo, que ha alcanzado mínimos no vistos en cuatro años, está teniendo un fuerte impacto en la economía colombiana. El barril de Brent cayó 6,5 % hasta los US $61,99, y el WTI bajó 7,4 % hasta los US $65,68, niveles que representan un desplome significativo frente a las proyecciones iniciales del Gobierno colombiano, que calculaba el crudo en alrededor de US $80. Esta situación obliga al Gobierno a reajustar sus cuentas fiscales debido a la reducción de ingresos por exportaciones, el deterioro de la balanza de pagos y la depreciación del peso colombiano frente al dólar.
La presión fiscal se intensifica, ya que el petróleo representa más del 30 % de las exportaciones de Colombia. El dólar ha tenido una alta volatilidad y llegó a rozar los COP $4.500, mientras que la depreciación semanal del peso fue de 4,17 %. Aunque la inflación anual cayó a 5,09 %, sigue por encima del rango meta del Banco de la República, lo que suma presión a las finanzas públicas en un contexto ya incierto.
Ante este panorama, instituciones como Fedesarrollo y el Comité Autónomo de la Regla Fiscal advierten sobre la necesidad de un recorte presupuestal de al menos COP$28 billones para cumplir con la Regla Fiscal. La OPEP, al anunciar un aumento de 411.000 barriles diarios en su producción desde mayo, ha contribuido al exceso de oferta que empuja los precios a la baja, en un contexto de tensiones geopolíticas y comerciales con Estados Unidos.
MINISTERIO DE HACIENDA RADICA ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL AÑO 2026
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, inicio formalmente con el proceso de construcción del Presupuesto General de la Nación para el año 2026, mediante la radicación del anteproyecto. En esta primer aproximación presupuestal, el Gobierno Nacional plantea ejecutar para el próximo año un monto total de $521,2 billones, cifra que resultaría ser un 2 % más alta que el presupuesto decretado y sin aplazar para la vigencia fiscal actual (2025 – $511 billones ). El análisis inicial estima que el cubrimiento de la deuda pública tendrá la mayor participación dentro del presupuesto con un 22%, equivalentes a $115,2 billones, seguido del sector educación con $79,2 billones y sector salud con $68,4 billones, siendo los sectores que tendrían las mayores asignaciones de recursos. De otra parte, sectores como Justicia, Prosperidad Social e Interior tendrían recortes significativos para el próximo año, por lo que recibirán menos recursos, por el orden de $5 billones, $4,4 billones y $3,6 billones respectivamente. Valga destacar, que dicho monto hace parte una presentación preliminar, sujeta a ajustes, para ser presentada en el legislativo en la próxima legislatura.
Diversos analistas y centros de pensamiento económico destacan preliminarmente que uno de los primeros puntos a destacar en el anteproyecto presentado por el Gobierno Nacional, resulta ser que las cuentas de gasto son menores a las de años anteriores, con lo cual se podría advertir que el ejecutivo no apostaría por buscar nuevas fuentes de financiamiento, como lo ha intentado en los últimos años, donde ha impulsado reformas tributarias o también llamadas leyes de financiamiento; si no que por el contrario, se centraría en reducir el gasto. A pesar de lo anterior, los reiterados anuncios del Ministerio de Hacienda y Crédito Público relacionados con la presentación de una nueva iniciativa de financiamiento en los próximos meses ante el Congreso de la República afianzan las contradicciones que siguen sin generar confianza en los inversionistas, quienes al no tener garantías suficientes continúan prefiriendo realizar inversiones en otros destinos.
OPERADOR DEL SISTEMA INTERCONECTADO NACIONAL ALERTA POSIBLE DESBASTECIMIENTO ENERGÉTICO
El operador del sistema interconectado nacional (SIN) y administrador del mercado de energía mayorista de Colombia, XM, alertó un inminente desabastecimiento energético con ocasión a un posible escenario de hidrología deficitaria previsto para el próximo año. Para la compañía, el sistema nacional requiere anticiparse desde la estación de invierno previa al inicio de la estación de verano 2025-2026, para afrontar una posible hidrología deficitaria similar a la presentada en 2015-2016, exigiendo de manera prolongada la participación del parque térmico para garantizar la atención de la demanda cumpliendo los índices de confiabilidad establecidos, y enfatizando en la necesidad de disponer los recursos necesarios para garantizar la disponibilidad y flexibilidad de los combustibles requeridos para la generación térmica como el gas, carbón y líquidos. Esta situación se agudiza con el retraso en la puesta en funcionamiento de nuevos proyectos de generación energética, donde el avance no ha cumplido con las expectativas esperadas por el administrador. Al revisar la capacidad esperada y la capacidad ingresada en los primero tres meses del año, existe un déficit de 171 MW entre ambas. La meta del operador consistía en que para enero hubieran 102 MW ingresados al SIN, en febrero 43 MW y en marzo 55 MW, para una capacidad trimestral esperada de 200 MW. Sin embargo, las cifras dan cuenta de que en enero solo se instalaron 6 MW, en febrero 12 MW y en marzo 11 MW; representando únicamente el 15% de las expectativas de XM para dicho periodo.
ESTUDIO ADVIERTE CRITICO PANORAMA LABORAL PARA LOS JOVENES EN COLOMBIA
De conformidad con un estudio prospectivo de empleo joven en America Latina, realizado por la Comisión Económica para America Latina y el Caribe (Cepal) y Ayuda en Acción, la población joven colombiana continúa presentando significativas barreras en el campo laboral de cara a alcanzar los objetivos propuestos para el 2030. El informe destaca que los empleos tradicionales en agricultura y manufactura se están reduciendo, teniendo en cuenta que en los próximos años la mayoría de las jóvenes ingresará al sector servicios, cuya expansión plantea serios desafíos de productividad y sostenibilidad; por lo que sin políticas públicas específicas para mitigar estos riesgos, las tasas de desempleo e inestabilidad laboral podrían crecer, sobre todo ante el impacto del cambio climático y otros procesos migratorios que intensifican la competencia laboral en zonas urbanas.
El estudio destaca que el mercado laboral colombiano se caracteriza por problemas estructurales donde resaltan las desigualdades, con una principal situación de desventaja de las personas jóvenes, a quienes no sólo les cuesta más encontrar empleo, sino que, cuando lo hacen, acceden a trabajos de menor remuneración y mayor desprotección. En el marco de la presentación del estudio, las entidades investigadoras le propusieron al Gobierno Nacional, hacer énfasis en áreas que permitan contrarrestar estos desafíos y garantizar empleos dignos para los jóvenes, tales como la formalización del empleo juvenil, la generación de empleos de calidad, la reducción de las brechas de género, el fortalecimiento de sistemas de información laboral y la inversión en educación y formación juvenil.
MINISTERIO DEL TRABAJO REGLAMENTA EL MARCO SANCIONATORIO POR DESPIDO EFECTUADO EN EL TRAMITE DE UN PROCESO POR ACOSO SEXUAL EN EL CONTEXTO LABORAL
Mediante el Decreto 0405 de 2025, el Ministerio del Trabajo reglamentó el Parágrafo del Artículo 14 de la Ley 2365 de 2024, en lo que respecta a la imposición de multas a los empleadores que incurran en despido de sus empleados en el trámite de un proceso por acoso sexual en el contexto laboral, dentro de los seis meses siguientes a la interposición de la queja, a fin de garantizar la protección efectiva de la ciudadanía y promover un entorno laboral libre de violencias. Conforme a la nueva normatividad, los empleadores deben garantizar la continuidad laboral de las víctimas denunciantes de acoso sexual y de los testigos durante el proceso de denuncia, debiendo tomar con la presentación de las denuncias de acoso sexual, todas las medidas de protección y continuidad laboral que sean necesarias y pertinentes. En caso de incumplimiento, el Ministerio del Trabajo podrá iniciar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los empleadores y proferir sanciones económicas que irán destinadas al Fondo Fortalecimiento de la Inspección, Vigilancia y Control del Trabajo y la Seguridad Social (FIVICOT), cuyo valor oscilara entre 1 y 5000 salarios mínimos legales diarios vigentes, dependiendo tamaño de la empresa, el número de empleados en la planta de personal y el cálculo de la capacidad económica y financiera para lo cual las autoridades podrán solicitar a las compañías infractoras los estados financieros certificados y dictaminados el último año fiscal, a efectos de aplicar criterios de razonabilidad en la graduación de la sanción.
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MINISTERIO DEL TRABAJO PUBLICA PROYECTO DE NORMATIVIDAD MEDIANTE EL CUAL PRETENDE REGULAR LA PRÁCTICA DE EVALUACIONES MÉDICAS OCUPACIONALES, Y EL MANEJO Y CONTENIDO DE LAS HISTORIAS CLINICAS OCUPACIONALES
El Ministerio del Trabajo publico para fase de consulta publica proyecto de resolución mediante la cual pretende regular la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales, así como el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales, con alcance a todos los trabajadores y trabajadoras del país, independientemente del sector económico, tipo de vinculación laboral o afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales. Con su expedición formal se derogaría la Resolución 2346 de 2007, la Resolución 1918 de 2009, la Resolución 1075 de 1992, la Resolución 4050 de 1994 y las demás normas que le sean contrarias; así como con su incumplimiento se impondrán sanciones a los empleadores infractores conforme a lo dispuesto en el Decreto Ley 1295 de 1994, la Ley 1562 de 2012 y el Decreto 1072 de 2015, disponiendo de un marco sancionatorio específico que se aplicara en los casos de realización indebida de pruebas de embarazo, VIH y otras pruebas consideradas como discriminatorias a la luz de la normatividad.
El proyecto prevé como nuevas obligaciones de cumplimiento normativo para los empleadores y contratantes: asumir el costo de las evaluaciones médicas ocupacionales, así como de las pruebas complementarias relacionadas con dicho examen, requeridas por el médico evaluador; asumir el costo de los desplazamientos y manutención (alojamiento y alimentación) en caso que fuese requerido y durante el tiempo exclusivamente necesario en caso de traslados intermunicipales y para la realización de los exámenes médicos ocupacionales (exceptuando las evaluaciones médicas pre-ocupacionales o de pre-ingreso); realizar y programar las evaluaciones médicas ocupacionales periódicas, durante los horarios laborales establecidos en la jornada laboral; informar a los prestadores de Servicios de Medicina de Seguridad y Salud en el Trabajo o al médico que realiza las evaluaciones ocupacionales, los perfiles de cargos con una descripción de las tareas y el medio en el cual se desarrollará la labor respectiva; implementar los sistemas de vigilancia epidemiológica en el marco de Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de acuerdo con los riesgos de la empresa y el diagnóstico de condiciones de salud; adaptar las condiciones de trabajo y medio ambiente laboral según las recomendaciones y/o restricciones emitidas en el concepto ocupacional en un término no superior a veinte (20) días hábiles, posterior a la realización de las evaluaciones médicas ocupacionales; e, incluir dentro de las actividades del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, campañas específicas, tendientes a fomentar la prevención y el control de fármaco dependencia, el alcoholismo y el tabaquismo, dirigidas a sus trabajadores; entre otras.
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