EL ÍNDICE DE PRECIOS DE LOS ALIMENTOS DE LA FAO...
Leer másINDONESIA RETRASA LA IMPLEMENTACIÓN COMPLETA DEL BIODIÉSEL B40, MIENTRAS ADOPTA MEDIDAS PROTECCIONISTAS QUE SACRIFICAN EXPORTACIONES A TRAVÉS DE ARANCELES AL CPO Y LIMITACIONES PARA EL ACEITE DE COCINA USADO
El gobierno de Indonesia ha decidido retrasar la implementación del mandato de mezcla de biodiésel B40, inicialmente programado para el 1 de enero, al 1 de febrero, otorgando a las empresas un período adicional de adaptación de seis semanas. Este programa, que busca reducir la dependencia del diésel importado y aumentar la demanda de aceites vegetales locales, ya cuenta con el respaldo de la petrolera estatal Pertamina, que ha preparado dos refinerías para la producción de B40. Además, para 2026, Indonesia planea elevar la mezcla a B50, consolidando su apuesta por los biocombustibles.
Paralelamente, el gobierno ha emitido regulaciones que limitan las exportaciones de aceite de cocina usado (UCO) y efluentes de plantas de aceite de palma (POME) para garantizar el suministro interno y cumplir con el aumento de la demanda de biodiésel derivada del nuevo mandato. Estas restricciones exigen que los exportadores obtengan una asignación oficial, lo que refuerza la prioridad del mercado interno sobre las exportaciones.
Sin embargo, la Asociación de Aceite de Palma de Indonesia (GAPKI) ha expresado su preocupación por el impacto de un nuevo impuesto del 10 % sobre las exportaciones de aceite de palma crudo (CPO), que entró en vigor en diciembre. Este aumento, destinado a financiar subsidios al biodiésel, podría reducir la competitividad de las exportaciones frente a países vecinos y agravar la ya limitada disponibilidad de aceite de palma para exportación, particularmente en un contexto de estancamiento en la producción interna.
La combinación de estas políticas podría tener un impacto significativo en el mercado global. Según el Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA), el mandato B40 incrementará el consumo industrial de aceite de palma de Indonesia en alrededor de un millón de toneladas, alcanzando un récord de 14,5 millones de toneladas en 2024/25, reduciendo aún más el volumen disponible para exportaciones. Mientras tanto, las exportaciones de residuos de aceite de palma y UCO ya registraron una caída del 13,75 % entre enero y noviembre de 2024.
BIDEN REFUERZA MEDIDAS PARA PROTEGER LA INDUSTRIA DE BIOCOMBUSTIBLES EN EE.UU.
El gobierno de Joe Biden ha anunciado restricciones para frenar las importaciones de aceite de cocina usado (UCO) destinado a la producción de biocombustibles, impidiendo que suministros extranjeros, principalmente de China, sean elegibles para créditos fiscales. Esta decisión busca proteger a los agricultores estadounidenses y fomentar el uso de aceite de soja local, clave para el auge de biocombustibles como el diésel renovable y el combustible de aviación sostenible (SAF).
La medida, respaldada por la Ley de Reducción de la Inflación, también responde a preocupaciones de fraude, como la posible mezcla de aceite de palma en el UCO importado, lo que contravendría la legislación estadounidense. Aunque los agricultores celebran el cambio, grupos de biocombustibles han criticado la falta de detalles en las regulaciones, señalando que aún no brindan la certidumbre necesaria para el crecimiento del sector.
COLOMBIA APUESTA POR UNA AVIACIÓN SOSTENIBLE CON NUEVA HOJA DE RUTA PARA SAF
La Aerocivil de Colombia adoptó oficialmente la Hoja de Ruta de los Combustibles Sostenibles de Aviación (SAF), un plan estratégico para descarbonizar el sector aeronáutico y cumplir con metas internacionales de reducción de emisiones. Respaldado por la Ley 2099 y la Ley 2169 de 2021, este proyecto busca fomentar el desarrollo de SAF mediante el uso de recursos naturales y biocombustibles como el etanol y el aceite de cocina usado, destacando avances como la producción piloto de Ecopetrol.
La iniciativa posicionará al país como líder en la producción de combustibles sostenibles de aviación, lo cual atraerá inversiones en energías limpias
SALARIO MÍNIMO Y AUXILIO DE TRANSPORTE EN 2025
A pesar de los esfuerzos infructíferos por parte del Ministerio del Trabajo para que el aumento del salario mínimo se diera de común acuerdo entre los partícipes de la mesa de concertación de políticas laborales y salariales, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1572 del 24 de diciembre de 2024, mediante el cual fijo el valor del salario mínimo legal vigente en $1.423.500, representando un incremento en dinero de $123.500 (9,5 %), frente al vigente para el año inmediatamente anterior. Igualmente, mediante Decreto 1573 del 24 de diciembre de 2024, el Gobierno Nacional fijo el valor del auxilio legal de transporte en $200.000, representado un aumento de $38.000 (23,45 % aproximadamente), en referencia al vigente para el año 2024. Las anteriores decisiones, determinan que el valor del salario mínimo nominal para el año 2025, incluyendo el subsidio de transporte, es de $1.623.500.
A continuación, se presenta el cuadro de equivalencias, tomando como referencia los nuevos valores y aplicando las disposiciones legales vigentes en la materia:
Adicional a lo anterior, el Gobierno Nacional ha insistido en que expedirá en los próximos días un decreto mediante el cual espera des indexar del aumento del salario mínimo más de 200 productos y servicios de los sectores de agricultura, comercio, industria, turismo, laboral, pensional, educación, hacienda, salud, transporte, vivienda, servicios públicos, entre otros; en aras de consolidar medidas para proteger el valor adquisitivo del salario, por lo que se espera que una vez expedido el respectivo acto administrativo su aumento se realice con el crecimiento de la inflación.
GOBIERNO NACIONAL PUBLICA CALENDARIO TRIBUTARIO PARA EL AÑO 2025
El Gobierno Nacional, a través de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), publicó el calendario tributario del año 2025, en el que se establecen las fechas y plazos para el cumplimiento de las obligaciones formales y sustanciales para grandes contribuyentes, personas jurídicas, personas naturales, personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país con presencia económica significativa (PES); en materia de IVA Bimestral – declaración y pago -, IVA Cuatrimestral – declaración y pago-, Consumo – declaración y pago bimestral del impuesto nacional-, Gasolina y ACPM – Declaración mensual y pago, Carbono y RST – Declaración y Pago, RST – Anticipo bimestral – Declaración y pago- , IVA prestadores de servicios desde el exterior, Impuesto al patrimonio y productos plásticos, bebidas ultra procesados azucaradas, RUB – Registro Único de Beneficiarios Finales-, entre otras obligaciones de los contribuyentes con el Estado durante el presente año.
Consulta el calendario tributario AQUÍ
GOBIERNO NACIONAL ADOPTA POLÍTICA PÚBLICA DE TRABAJO DIGNO Y DECENTE
Mediante el Decreto 1527 del 19 de diciembre de 2024, el Ministerio del Trabajo adoptó la política publica de trabajo digno y decente, la cual tiene como objetivos específicos la promoción de la generación de empleo digno y decente; la extensión de la protección social de la población con el fin de brindar garantías a trabajadores y trabajadoras; la promoción de los derechos fundamentales a trabajadores y trabajadoras en el mundo del trabajo; el impulso del diálogo social como mecanismo de concertación y participación; la articulación interinstitucional a nivel territorial para la coordinación e implementación de acciones que promuevan el trabajo, entre otros.
Consulta la normatividad completa: AQUÍ
GOBIERNO NACIONAL REGLAMENTA EL RÉGIMEN SIMPLE DE TRIBUTACIÓN
Mediante el Decreto 1545 del 20 de diciembre de 2024, el Gobierno Nacional reglamentó el régimen simple de tributación, sistema que pretendía eliminar del ordenamiento jurídico a través del proyecto de ley de financiamiento archivado por las comisiones económicas conjuntas a finales del año 2024. Entre los ajustes más destacados, se destacan:
✔️ Deducciones permitidas: Los municipios y distritos podrán deducir exenciones, descuentos e incentivos tributarios del impuesto de industria y comercio consolidado, según sus disposiciones locales. |
✔️ Exención de pagos anticipados: Las personas naturales con ingresos inferiores a 3.500 UVT estarán exentas de realizar anticipos bimestrales, salvo que superen este límite o decidan pagarlos voluntariamente. |
✔️ Descuentos tributarios regulados: Se establecen límites claros para aplicar beneficios como pagos electrónicos y gravamen a movimientos financieros, sin afectar el impuesto de industria y comercio. |
✔️ Corrección de diferencias: Se define cómo ajustar errores en anticipos y declaraciones mediante recibos electrónicos o declaraciones anuales del régimen simple. |
✔️ Nuevos requisitos: Para ciertas actividades económicas, se requiere inscripción en el RUT y que las utilidades netas no superen el 3 % del ingreso bruto. |
✔️ Uso obligatorio de factura electrónica: El uso de facturas electrónicas y cumplimiento de plazos para pagos y declaraciones será obligatorio para los contribuyentes del régimen simple. |
✔️ Sanciones por retrasos: Retrasos mayores a un mes en pagos o declaraciones excluyen automáticamente al contribuyente del régimen. |
✔️ Consecuencias por abuso tributario: Abusos graves o incumplimientos reiterados generarán exclusión del régimen y prohibición de reingreso por un año gravable. |
✔️ Facultades locales: Municipios y distritos podrán fiscalizar y recaudar valores adicionales al régimen simple, sin afectar las liquidaciones oficiales del régimen. |
✔️ Inscripción de oficio simplificada: Se facilita la inscripción de contribuyentes omisos en el régimen simple sin necesidad de sanciones previas, con resoluciones motivadas. |
✔️ Fijación de tarifas: Concejos municipales determinarán tarifas únicas del impuesto de industria y comercio consolidado según parámetros nacionales. |
✔️ Información detallada: Municipios deberán reportar anualmente actividades económicas, omisos y devoluciones del impuesto de industria y comercio. |
✔️ Lista actualizada de actividades: Se sustituye el listado de actividades empresariales sujetas al régimen simple, facilitando su aplicación. |
✔️ Redistribución de sanciones: Ingresos por sanciones e intereses serán distribuidos proporcionalmente entre Nación y municipios. |
✔️ Vigencia: El decreto entro en vigor tras su publicación, con múltiples modificaciones al Decreto 1625 de 2016. |
Consulta la normatividad completa, AQUÍ
INDONESIA RETRASA LA IMPLEMENTACIÓN COMPLETA DEL BIODIÉSEL B40, MIENTRAS ADOPTA...
Leer másASOGRASAS trabaja para la realización de un fin de beneficio integral para la industria de grasas y aceites comestibles, impulsando la innovación y crecimiento del sector dentro del concepto de desarrollo sostenible que involucra un criterio de beneficio social y ambiental.
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