El gasto de los hogares mantuvo su dinamismo en mayo,...
Leer más
Los fabricantes estadounidenses de combustibles y productos petroquímicos inician acciones legales contra la EPA por los volúmenes del Estándar de Combustibles Renovables para 2026/2027.
Fabricantes de combustibles y productos petroquímicos de Estados Unidos presentaron una demanda contra la Agencia de Protección Ambiental (EPA) tras la publicación de los volúmenes obligatorios de combustibles renovables para 2026 y 2027. Las organizaciones demandantes argumentan que los objetivos fijados por la agencia exceden las facultades otorgadas por la ley y podrían generar distorsiones en el mercado, al imponer mayores exigencias de mezcla de biocombustibles en un contexto de incertidumbre para la industria de refinación y combustibles convencionales.
La acción legal busca que los tribunales revisen la metodología utilizada por la EPA para establecer los nuevos mandatos del Estándar de Combustibles Renovables (RFS). Según los demandantes, las metas propuestas tendrían implicaciones económicas significativas para refinadores y productores de combustibles fósiles, mientras que la agencia sostiene que los nuevos volúmenes buscan impulsar la producción de combustibles renovables y contribuir a los objetivos energéticos y ambientales del país. El caso podría tener repercusiones sobre la demanda futura de materias primas utilizadas en la producción de biocombustibles, incluidos los aceites vegetales.
Compradores chinos aceleran compras de aceite de palma indonesio antes de cambios en el sistema exportador
Importadores chinos incrementaron sus compras de aceite de palma de Indonesia ante la expectativa de modificaciones en el esquema de exportación del principal productor mundial. Según operadores del mercado, los compradores buscaron asegurar suministros antes de que entren en vigor los cambios propuestos por el gobierno indonesio, los cuales podrían alterar los procedimientos comerciales y generar incertidumbre sobre los tiempos y costos de exportación.
El aumento de las adquisiciones refleja la importancia de Indonesia como proveedor estratégico para China y la preocupación de los participantes del mercado por posibles ajustes en la disponibilidad del producto. Las compras anticipadas se producen en un contexto de firmeza de los precios internacionales del aceite de palma y de una elevada atención sobre las decisiones regulatorias de Indonesia, cuyo impacto podría extenderse a los flujos comerciales globales y a la dinámica de abastecimiento de los principales países importadores.
GOBIERNO NACIONAL CONFIRMA INICIO DEL FENÓMENO DEL NIÑO Y ACTIVA ALERTA NACIONAL.
El Gobierno Nacional confirmó oficialmente el inicio del fenómeno del niño en Colombia y advirtió sobre la necesidad de fortalecer las medidas de prevención y adaptación frente a los efectos que este evento climático podría generar durante los próximos meses. La decisión se sustenta en el monitoreo realizado por las autoridades ambientales y meteorológicas, que han identificado condiciones oceánicas y atmosféricas compatibles con la consolidación del fenómeno en el país.
De acuerdo con las proyecciones oficiales, el fenómeno podría extenderse durante buena parte del segundo semestre de 2026, generando una reducción de las lluvias, aumento de las temperaturas y una mayor presión sobre los recursos hídricos en varias regiones del territorio nacional. Las alertas se concentran especialmente en las regiones Caribe, Andina y Pacífica, donde se espera una disminución de las precipitaciones frente a los promedios históricos.
La confirmación del niño tiene implicaciones directas para la actividad productiva del país. Sectores como la agroindustria, la producción de alimentos, la industria manufacturera, el comercio, el transporte y los servicios podrían enfrentar mayores costos operativos asociados al consumo de energía, la disponibilidad de agua y las afectaciones derivadas de temperaturas más elevadas. En este sentido, genera particular preocupación el impacto sobre el sistema energético nacional, debido a la alta dependencia de Colombia de la generación hidroeléctrica. Una reducción prolongada en los aportes hídricos a los embalses podría incrementar la participación de fuentes térmicas de generación, elevando los costos del sistema y generando presiones sobre las tarifas energéticas.
Ante este escenario, las autoridades han insistido en la necesidad de fortalecer la preparación institucional y empresarial. Para el sector productivo nacional, esto implica revisar planes de continuidad del negocio, estrategias de eficiencia energética, sistemas de almacenamiento y uso eficiente del agua, así como protocolos de gestión del riesgo frente a eventos climáticos extremos.
Además del impacto energético, el fenómeno puede afectar la productividad agrícola debido a la disminución de lluvias, el estrés hídrico de los cultivos y el aumento de la temperatura ambiental. Estas condiciones podrían generar presiones sobre algunas cadenas de abastecimiento, particularmente en actividades que dependen directamente de la disponibilidad de agua y de condiciones climáticas estables. Ante tal panorama, las autoridades ambientales han reiterado que la anticipación será clave para reducir los efectos económicos y sociales del fenómeno, razón por la cual se han fortalecido los sistemas de monitoreo y alerta temprana para apoyar la toma de decisiones en los sectores público y privado.
COLOMBIA DEROGA ARANCELES A PRODUCTOS ECUATORIANOS Y AVANZA HACIA LA NORMALIZACIÓN DEL COMERCIO BILATERAL
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 0583 del 5 de junio de 2026, mediante el cual derogó en su integridad el Decreto 0170 de febrero de 2026, norma que había establecido aranceles recíprocos y restricciones al ingreso de mercancías provenientes de Ecuador como respuesta a las medidas adoptadas previamente por ese país contra las exportaciones colombianas. Con esta decisión, Colombia inicia el desmonte formal de las medidas de defensa comercial implementadas durante los últimos meses en el marco de la controversia bilateral.
La disputa comercial se originó a comienzos de 2026 cuando el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) impuso una tasa de servicio aduanero por concepto de control aduanero del 30 % sobre las mercancías provenientes de Colombia. Posteriormente, la medida fue ampliada hasta alcanzar el 100 % del valor en aduana de numerosos productos colombianos, situación que motivó la adopción de medidas recíprocas por parte del Gobierno colombiano, amparadas en razones de seguridad nacional y política comercial.
Durante la escalada de la controversia, Colombia expidió inicialmente el Decreto 0170 de 2026, que estableció aranceles equivalentes al 30 % para diversas mercancías originarias de Ecuador, y posteriormentemediante el Decreto 0455 de abril de 2026, el Gobierno ajustó las medidas y fijó gravámenes diferenciados del 35 %, 50 % y 75 % para aproximadamente 73 subpartidas arancelarias ecuatorianas, en lo que denominó un esquema de “aranceles inteligentes” dirigido a sectores específicos.
La decisión de desmontar las medidas colombianas se produjo luego de que Ecuador derogara oficialmente la denominada tasa de control aduanero mediante la Resolución SENAE-SENAE-2026-0051 del 31 de mayo de 2026. Según el Gobierno colombiano, la eliminación de la medida ecuatoriana hizo desaparecer las circunstancias que justificaron la adopción de las restricciones comerciales, permitiendo restablecer las condiciones normales de acceso al mercado binacional y haciendo innecesaria la permanencia de las medidas adoptadas por Colombia.
No obstante, la derogatoria no será inmediata para todos los productos. El decreto establece un régimen de transición especial para varias subpartidas correspondientes al arroz, respecto de las cuales las restricciones y sanciones asociadas permanecerán vigentes durante 45 días adicionales contados desde la publicación de la norma. El Gobierno justificó esta excepción en la persistencia de fenómenos de contrabando en la frontera sur del país y en la necesidad de fortalecer los controles aduaneros sobre este producto.
La decisión se produce además en un contexto en el que Ecuador mantiene vigentes los recursos de reconsideración presentados ante la Secretaría General de la Comunidad Andina (CAN) y las acciones de nulidad radicadas ante el Tribunal de Justicia de la CAN contra las decisiones que ordenaron desmontar las restricciones comerciales entre ambos países. Sin embargo, el retiro de las medidas por parte de los dos gobiernos representa un avance significativo hacia la normalización del comercio bilateral y el restablecimiento de las condiciones de libre circulación de mercancías previstas en el marco andino.
No obstante, la permanencia temporal de medidas sobre el arroz y la continuidad de los procesos jurídicos ante la Comunidad Andina indican que la controversia aún no se encuentra completamente cerrada y que el seguimiento a las decisiones de ambos gobiernos seguirá siendo relevante para los sectores productivos durante los próximos meses.
COLOMBIA PONE EN MARCHA HERRAMIENTAS DE DEBIDA DILIGENCIA PARA LA PALMA DE ACEITE EN EL MERCADO EUROPEO
Colombia oficializó la disponibilidad de las herramientas de debida diligencia en legalidad para el aceite de palma, desarrolladas en articulación con el European Forest Institute, la Unión Europea y la Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite (Fedepalma). La iniciativa busca ofrecer orientaciones prácticas, adaptadas al marco normativo colombiano, para facilitar el cumplimiento de los requisitos exigidos por el mercado europeo en materia de legalidad y sostenibilidad.
Estas herramientas no sustituyen las obligaciones establecidas en la normativa europea sobre productos libres de deforestación, pero sí proporcionan una guía estructurada para fortalecer la verificación del cumplimiento legal, apoyar la identificación y gestión de riesgos y mejorar la trazabilidad en la cadena de suministro del aceite de palma. En un contexto de creciente exigencia regulatoria internacional, contar con una referencia técnica alineada con la legislación nacional reduce la incertidumbre y mejora la preparación de productores, extractoras y exportadores.
El desarrollo de la herramienta incluye un análisis detallado del marco jurídico colombiano aplicable a la producción de palma, uso del suelo, derechos de propiedad, cumplimiento ambiental y control de la deforestación. Este instrumento constituye un respaldo técnico que permite demostrar, con mayor solidez documental, el origen legal y sostenible de la producción de palma de aceite en Colombia.
Para el sector de grasas y aceites comestibles, la disponibilidad de estas herramientas representa una oportunidad estratégica. La Unión Europea continúa siendo un destino relevante para derivados del aceite de palma, y la capacidad de acreditar debida diligencia en legalidad puede convertirse en un factor diferenciador frente a otros orígenes. Además, facilita procesos de auditoría, cumplimiento contractual y acceso a compradores que exigen estándares ambientales cada vez más rigurosos. La puesta en marcha de estas herramientas fortalece la posición del aceite de palma colombiano en los mercados internacionales, contribuye a consolidar la trazabilidad de la cadena y respalda el posicionamiento del país bajo el enfoque de “exportar sin deforestar”, alineando competitividad, sostenibilidad y seguridad jurídica en un entorno global cada vez más exigente.
Los fabricantes estadounidenses de combustibles y productos petroquímicos inician acciones...
Leer másASOGRASAS trabaja para la realización de un fin de beneficio integral para la industria de grasas y aceites comestibles, impulsando la innovación y crecimiento del sector dentro del concepto de desarrollo sostenible que involucra un criterio de beneficio social y ambiental.
Todos los derechos reservados ASOGRASAS © 2026